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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2076/18: Acta de inicio del proceso de asistencia técnica municipal.

ORDENANZA Nº 2076

Visto:
Las actuaciones contenidas en el expediente administrativo Municipal Nº 4101-1039/2018 y el acta de inicio del proceso de asistencia técnica municipal y su anexo I suscripto entre la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, y

Considerando:
Que el objetivo del mismo es brindar asesoramiento técnico especializado al Municipio, en la programación, gestión y evaluación de propuestas de ordenamiento territorial, así como también en la formulación e implementación de planes territoriales, como requisito previo para el dictado del C.O.U.T.

Que se ha expedido en las actuaciones, la Sra. Directora de Planeamiento y Obras Públicas del Municipio, expresando la conveniencia del acuerdo suscripto.

Que también han emitido su dictamen el Sr. Contador y la Sra. Asesora Letrada Municipal.

Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante homologar el acta y su respectivo anexo.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:           

ORDENANZA

Artículo 1º: Homológuese el acta de inicio del proceso de asistencia técnica municipal y su anexo I suscripto entre la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, que tiene como objeto brindar asesoramiento técnico especializado al Municipio, en la programación, gestión y evaluación de propuestas de ordenamiento territorial, así como también en la formulación e implementación de planes territoriales, como requisito previo para el dictado del C.O.U.T.    

Artículo 2º: En caso de ser necesario generar gastos, deberá requerirse intervención previa a la Contaduría Municipal, a efectos de dictaminar sobre la capacidad financiera y/o presupuestaria del Municipio para afrontarlos.

Artículo 3º: De forma.


Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 19 de abril de 2018.-

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