ORDENANZA Nº 2071
Visto:
El expediente Nº
4101-0533/2013; y
Considerando:
Que en dichas actuaciones,
las sucesoras del Sr. Alfredo Carlos Colicchio, solicitan la adquisición
de una fracción de la parte proporcional de la calle Perez Ovide e/ Soulé y 9
de Julio , en la medida de la extensión que linda con la parcela 6b , propiedad
de las solicitantes y desafectada del
uso público por la Ordenanza Nº 1977/16.
Que el artículo 55 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la
Provincia de Buenos Aires dispone que corresponde al Honorable Concejo
Deliberante, autorizar las transmisiones, arrendamientos o gravámenes de los
bienes públicos y privados municipales, por mayoría absoluta del total de sus
miembros.
Que también dicho precepto establece que las enajenaciones se
realizarán de conformidad con lo dispuesto por el artículo 159 de dicha norma,
el cual contempla las modalidades de venta o enajenación.
Que, en este caso –y sin perjuicio de las normas citadas- resulta de
aplicación el artículo 25º del Decreto Ley 9533/80, el que establece que podrá
efectuarse la enajenación en forma directa, con exclusión del régimen de
subasta pública y previa determinación del estado ocupacional, cuando –entre
otros supuestos- se trate de fracciones fiscales, de cualquier origen, que
resulten inadecuadas por sus características para su utilización independiente
y solicite la compra un propietario lindero y en el caso que lo requieran
ocupantes que acrediten fehacientemente la erección de mejoras o construcciones
permanentes con una antelación de tres años a la fecha de la petición.
Que, asimismo, el artículo 26º de la citada norma, dispone que a los
efectos de disponer las ventas se realizarán en todos los casos tasaciones
especiales.
Que, en concordancia con ello, se expide la Srta. Asesora Letrada y
el Sr. Contador Municipal.
Que la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares, ha constatado
el estado ocupacional de las superficies afectadas.
Que obran en las actuaciones, las siguientes tasaciones:
a) La efectuada por el Departamento de
Tasaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires que asigna el valor de Trescientos cuarenta mil pesos ($
340.000) . Aclarando que el valor consignado, puede sufrir una oscilación del
10% en más o en menos, de acuerdo a las condiciones de la
plaza inmobiliaria y a la necesidad de compra o venta que afecte a las partes.
b) La efectuada por la Comisión Tasadora
compuesta por funcionarios del Municipio, que asigna a la fracción, el
siguiente valor: Pesos doscientos treinta y ocho mil novecientos sesenta y ocho
($ 238.968,00)
Que
corresponde autorizar al D.E. a vender la fracción de calle mencionada, en la
superficie desafectada oportunamente del uso público por Ordenanza N° Nº
1977/16.
Que, a tal efecto –y sin perjuicio
de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1977- debe desafectarse la misma del
dominio público municipal, autorizando al D.E. a proceder a la venta a las
sucesoras del Sr. Colicchio.
Que con fecha 18 de septiembre del
año 2017, la Sra. Elisabeth Colicchio, se presenta requiriendo la revisión de
la tasación realizada por el Banco de la Pcia. de Buenos Aires, habida cuenta
que existe un único posible comprador y las condiciones de la porción de calle a
enajenar.
Que con fecha 21 de septiembre de
2017, se ha expedido nuevamente la
Comisión tasadora municipal, coincidiendo con lo expresado por el tasador de la
entidad bancaria, informando que es factible la reducción del valor del bien
determinado por la entidad bancaria, en un 10%, considerando que la fracción no
puede conformar por si sola una parcela independiente, y no existe otro posible
comprador de la misma.
Por ello, el
H.C.D. en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º:
Desaféctase del dominio público municipal , la parte proporcional de la calle
Perez Ovide e/ Soule y 9 de Julio , en la medida de la extensión que linda con
la parcela 6b, que tiene una superficie de 24.80 metros de largo, con 8.40
metros de ancho en su lado suroeste y 7.66 mts de ancho en su lado noroeste, de
acuerdo a lo que figura en el croquis obrante a fs. 47 del expediente N°
4101-0533/13. Dichas superficies son aproximadas y serán definidas en el plano
de mensura que deberá confeccionar el solicitante, el cual deberá asegurar un
ancho de 14 metros, para la calle Perez Ovide en ese tramo, que oportunamente
fuera desafectada del uso público por Ordenanza N° 1977/16.
Artículo 2º:
Autorízase al Departamento Ejecutivo a formalizar la venta de tal superficie a
favor de las Sras. Susana Nascimbene , DNI N° 4.544.038, Yanina Mónica
Colicchio DNI N° 21.845.828 y Elizabeth Marta Colicchio DN I N° 22.385.386
Artículo 3º: La
pertinente enajenación se efectuará en forma directa, en los términos de los
incisos c) y d) del artículo 25º del Decreto Ley 9533/80, en el valor de trescientos seis mil ($ 306.000) .
Las adquirentes podrán adoptar por el pago al
contado, o en su defecto, podrán acceder a un régimen de facilidades de pago,
en virtud de lo dispuesto en el artículo 64° de la ordenanza fiscal vigente,
optando por alguna de las siguientes modalidades:
Plan A: En tres
(3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, siendo el interés de financiación
la tasa del 0.5% mensual sobre el saldo.
Plan B: Desde
cuatro (4) y hasta seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas ,
el interés de financiación de la tasa será del 1% mensual sobre el saldo
Plan C: Desde
seis (6) y hasta doce (12) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, la tasa de
interés será del 2% mensual sobre el
saldo.
Las cuotas deberán ser abonadas del
1 al 10 de cada mes. En caso de
registrarse pago fuera de término, a la cuota correspondiente se le adicionarán
los intereses punitorios por cada día de atraso a la tasa vigente. La mora se
producirá de pleno derecho por el nuevo transcurso del tiempo y sin necesidad
de intimación o requerimiento alguno.
Artículo 4º: Los
gastos y aranceles de la documentación técnica necesaria, como así también de
las respectivas escrituras traslativas del dominio serán afrontados por los
adquirentes.
Artículo 5º: El
producido de la venta se ingresará a la siguiente cuenta:
Jurisdicción
1110100000 Departamento Ejecutivo
Rubro
Tipo: 21- Recursos propios de capital
Clase: 1- Venta
de activos
Concepto: 01- Venta de tierras y terrenos
del Cálculo de
Recursos vigente.
Artículo 6º: De forma.
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