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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2072/18: Adhesión al .Registro de Responsabilidad.Fiscal.

ORDENANZA Nº 2072

Visto:
El expediente N° 4101-1720/2018, caratulado: “Secretaria de Coordinación, Planeamiento y Control de Gestión s/ adhesión al Régimen Provincial de Responsabilidad Fiscal”,

Considerando:
Que mediante las actuaciones referidas, se tramita la adhesión del Municipio, a la ley provincial N° 14984 , que realiza modificaciones, sustituciones y/o incorporaciones a la ley provincial N° 13.295,que versa sobre la adhesión de la Provincia, a la Ley Nacional de responsabilidad fiscal N° 25.917.

Que la Municipalidad de San Andrés de Giles, adhirió a la ley citada en segundo término, mediante ordenanza N° 1043/05 sancionada por este H.C.D. con fecha 31.08.2005.

Que, los cambios introducidos por la ley N° 14.984, implican cambios sustanciales al régimen oportunamente instituído, que persiguen la transparencia en la gestión pública, gasto público, ingresos públicos, equilibrio financiero y endeudamiento.

Que entre las pautas principales a las cuáles debe sujetarse el accionar de los Municipios al haber adherido a la ley 13.295, pueden consignarse las siguientes: en relación a principios presupuestarios la elaboración de proyectos plurianuales, estimación del gasto tributario,  limitación al incremento del gasto público primario en tanto se den determinadas condiciones y la publicación de su cuentas a través de su sitio en la red informática.

Que mediante el artículo 2° de la ley N° 14.984, se invita  a los municipios de la Provincia de Buenos Aires , a adherir a las modificaciones, sustituciones e incorporaciones establecidas por esa norma, al Régimen Provincial de Responsabilidad Fiscal Municipal, establecido en la Ley N° 13.295, a través de las ordenanzas de sus Honorables Concejos Deliberantes.
                                              
Por ello, el HCD en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
                       
ORDENANZA

Artículo 1º: La Municipalidad de San Andrés de Giles , adhiere al régimen de la Ley N° 14.984 ,  que trata sobre modificaciones, sustituciones e incorporaciones establecidas por esa norma, a la Ley N° 13.295 , a la que oportunamente el Municipio se adhirió, mediante ordenanza N° 1043 promulgada por decreto N° 1094/05. Las normas aludidas tienen relación con el  Régimen Provincial de Responsabilidad Fiscal Municipal.

Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación que resulte necesaria con motivo de la adhesión dispuesta en la presente ordenanza.

Artículo 3º:  Regístrese. Comuníquese a las áreas pertinentes en virtud de la naturaleza de la presente norma y archívese.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 19 de abril de 2018.-




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