ORDENANZA
Nº 1845
Visto:
El Expediente Nº 4101-0214/15, mediante el cual se tramita la
posibilidad de autorizar la radicación de una explotación minera de extracción
de suelo seleccionado en un predio de propiedad de los hermanos Hugo Oscar,
Jorge Omar y Viviana Noemí Bratschi, denominado catastralmente como
Circunscripción VII, Sección Rural, Parcela 696 a , y
Considerando:
Que se
propone la realización de la extracción de suelo seleccionado, en el sitio de
emplazamiento, en estricto cumplimiento de todos los requisitos legales y
ambientales vigentes, con la posterior concreción de las correspondientes
tareas mitigación del impacto generado al entorno;
Que, al
respecto, se ha expedido favorablemente la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares de
la Municipalidad ,
como así también emitió el debido dictamen la Asesoría Letrada
de la Comuna ;
Que es
facultad de este Honorable Cuerpo, prestar conformidad para autorizar la
radicación de una explotación minera, de extracción de suelo seleccionado, en
nuestro Partido;
Que, por
lo precedentemente expuesto, este Honorable Cuerpo estima conveniente dar curso
favorable en este caso en particular, a la solicitud de referencia, por lo que
deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo
1º: Autorízase al Departamento
Ejecutivo a continuar con la tramitación correspondiente para la prosecución
del trámite administrativo, a efectos de que los hermanos Hugo Oscar, Jorge
Omar y Viviana Noemí Bratschi puedan cumplimentar con todos los requisitos que
la normativa nacional y provincial le exigen, para la radicación de una
explotación minera de extracción de suelo seleccionado en un predio de su propiedad,
denominado catastralmente como Circunscripción VII, Sección Rural, Parcela 696 a .
Artículo
2º: La presente autorización se
otorga en forma exclusiva y excluyente a los hermanos Hugo Oscar, Jorge Omar y
Viviana Noemí Bratschi, y con relación al inmueble señalado en el artículo
precedente.
Artículo
3º: De forma.
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