ORDENANZA
Nº 1763
Visto:
La nota presentada por la
Comisión de ATE CTA solicitando la adhesión a la Ley 26786, que declara día del
Trabajador Estatal el 27 de junio
Considerando:
Que la
Ley Nacional considera este día como
feriado no laborable para los trabajadores del Estado
Que dicha Ley invita a
su adhesión a las Provincias y Municipalidades
Por
ello, el en uso de sus facultades, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo
1º: Adhiérase
A la Ley Nacional
Nº 26876 que establece el 27 de junio de cada año, como el “Día del Trabajador del Estado” según lo peticionado por la Comisión de ATE CTA
Artículo 2º: El 27 de junio de cada año será
considerado feriado no laborable en el que los trabajadores municipales gozarán
de idénticos derechos que otorgan los feriados nacionales.
Artículo 3º: De forma.
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