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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

981/04: Construccion obras de ampliacion del Hospital Municipal-Jefes de Hogar -Componentes Materiales.

ORDENANZA Nº 981


Visto:

El expediente 4101-0524/04,iniciado a raíz del envío al Honorable Concejo Deliberante del proyecto de Ordenanza referente a la Homologación de los Convenios suscriptos entre la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a través de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y la Municipalidad de San Andrés de Giles, con el objeto de financiar parcialmente mediante el aporte de recursos financieros no reembolsables provenientes del Contrato de Préstamo BIRF 7157-AR –suscripto entre La República Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento con fecha 29 de enero de 2003, los proyectos presentados por el municipio en el marco del Programa denominado: Jefes de Hogar-Componente Materiales; y

Considerando:

Que uno de esos proyectos consiste en la ampliación del Hospital Municipal San Andrés, obra a realizarse en tres (3) etapas.

Que el artículo 27 Inciso 24 de la Ley Orgánica de las Municipalidades ,determina que corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar la construcción , ampliación , modificación, reparación y demolición de edificios públicos y privados, como así también sus partes accesorias.

Que se agregan a estas actuaciones, proyecto gráfico de cada una de las tres etapas de la obra de la remodelación propuesta.

Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo la construcción de las obras de ampliación del “ Hospital Municipal San Andres” ,proyectada en tres etapas, incluida en los Convenios suscriptos entre la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a través de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y la Municipalidad de San Andrés de Giles, con el objeto de financiar parcialmente mediante el aporte de recursos financieros no reembolsables provenientes del Contrato de Préstamo BIRF 7157-AR –suscripto entre La República Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento con fecha 29 de enero de 2003, los proyectos presentados por el municipio en el marco del Programa denominado: Jefes de Hogar-Componente Materiales, cuyo croquis de cada una de las etapas se agrega a las presentes actuaciones.

Artículo 2º: De forma.-

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