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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2093/18: Creación del Concejo Deliberante de la Tercera Edad.


ORDENANZA Nº 2093

Visto:
La necesidad de impulsar la participación ciudadana de los mayores comprendidos en la franja etaria denominada de la “tercera edad”, en la vida democrática de nuestra comunidad; y;

Considerando:
Que es necesario visibilizar a  los mayores comprendidos en dicha franja etaria y brindarles un espacio de participación democrática real, donde puedan manifestarse no sólo de manera individual sino también colectiva;

Que deviene preciso que a esos efectos, los adultos mayores se incorporen de manera directa a la vida democrática local y que el estado municipal permita que se concrete y se ejerza ese derecho;

Que es el Estado en todos sus ámbitos quién debe brindar esa posibilidad para que  eventualmente puedan hacer frente a sus problemáticas propias y específicas debido a sus condicionamientos y realidades;

Que es indudable que la sociedad deja arbitrariamente a  la “tercera edad”  sin  ningún  papel  y  participación  política activa,  y  por  lo  tanto,  quedan  marginados  de  la  actividad  y  de la  esfera  pública y los  únicos  roles  que  siguen  desempeñando  son  aquellos que  tienen relación  con  la  esfera  privada;

Que brindando mayor participación a los adultos de la tercera edad en la  vida democrática, no sólo se logra visibilizar sus realidades sino también dotarlos de un instrumento directo y participativo de comunicación y lucha para obtener sus beneficios y ejercer sus derechos;
           
Por ello, en uso de atribuciones que le son propias, el H.C.D. sanciona la siguiente: 

ORDENANZA

Artículo 1°:  Créase el Concejo Deliberante de la Tercera Edad en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San Andrés de Giles, conforme al Reglamento  que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 2°:  El mismo estará conformado por adultos que formen parte de los Centros de Jubilados que existen  en nuestra ciudad, y que nunca hayan ejercido el cargo de concejal en nuestro Partido.

Artículo 3°: El funcionamiento de dicho Cuerpo será respaldado y asesorado por el Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 4°: Notifíquese a todos los Centros de Jubilados que funcionan en nuestra ciudad a efectos de que tomen conocimiento de la presente.

Artículo 5°: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 17 de mayo de 2018.-



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