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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2088/18: Tendido de fibra óptica en Solis.

ORDENANZA Nº 2088

Visto: 
Las actuaciones contenidas en el expediente administrativo municipal N° 4101-1175/2018, en el que se encuentran las actuaciones mediante las cuáles  la Empresa Ar-SAT S.A., solicita la correspondiente autorización para ejecución de obras en la localidad de Solis, y

Considerando: 
En el citado expediente, se ha glosado el plano de ingeniería, la memoria descriptiva y el cómputo y presupuesto pertinentes, en los cuáles se establecen las especificaciones técnicas del despliegue de los nuevos tramos aéreos, que se realizarán en la localidad de Solís, para poder unir las cámaras de la red federal de fibra óptica, con las nuevas ubicaciones.

Que, dentro del marco del Plan Federal de Internet se estableció brindar servicio a 1200 localidades del territorio de la República Argentina, dentro de las cuáles se encuentra Solis.

Que, con el fin de fortalecer la inclusión digital en la República Argentina, se creó mediante decreto N° 1552/10 el Plan Nacional de Telecomunicaciones “Argentina Conectada”, que tiene como ejes estratégicos la inclusión digital, la optimización del uso del espectro radioeléctrico, del desarrollo del servicio universal, la producción nacional y generación de empleo en el sector de la telecomunicación, la capacitación e investigación en tecnologías de las comunicaciones, la infraestructura y conectividad, y el fomento de la competencia.

Que las oficinas técnicas con competencia en el tema, han informado sobre la viabilidad de acceder a lo requerido.

Que la realización de las obras en la vía pública del Partido, corresponde a las atribuciones que son competencia del Organo Deliberativo Municipal, conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica Municipal.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de las facultades legales que le son propias, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorízase a la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima “ARSAT”, a realizar la obra de tendido aéreo de fibra óptica en la localidad de Solis, Partido de San Andrés de Giles, de acuerdo a las especificaciones técnicas, plano de ingeniería y memoria descriptiva que se encuentran glosados en el expediente N° 4101-1175/18, en el marco del Plan Federal de Internet.

Artículo 2°: La Empresa autorizada, deberá abonar el derecho de ocupación y uso del espacio público, según lo establece el título 10 de la ordenanza impositiva vigente, como así también cumplir la obligación tributaria que determina el artículo 21, incisos 1 y 2 de la referida norma.

Artículo 3°: La Empresa aludida, deberá atenerse estrictamente a las especificaciones y demás consideraciones contenidas en el expediente N° 4101-1175/18, para la realización de la obra autorizada mediante la presente ordenanza.

Artículo 4°: Se deja expresa constancia que la empresa autorizada, antes de comenzar cualquier tarea, deberá solicitar a cada empresa prestataria de servicio, informe las posibles interferencias que existieran sobre la traza a construir, a efectos de tomar las precauciones necesarias, antes y durante la realización de las obras.

Artículo 5°: El tendido deberá realizarse sobre los soportes ya existentes, de las empresas prestatarias de servicios de la localidad, previa autorización formal de las mismas. En aquellos casos en que no existiera o sea derogada la autorización, para colocar postes propios la empresa deberá solicitar autorización al Departamento Ejecutivo.

Artículo 6: De forma.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 3 de mayo de 2018.-

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