ORDENANZA Nº 2083
Visto:
El expediente nº 4101-1474-0-/2018
mediante el cual se tramita el llamado a Licitación Pública Nº 5/2018,
cuyo objeto es la contratación de una empresa idónea que efectúe la recolección, traslado y depósito final de los residuos
patogénicos generados en el Hospital
Municipal San Andrés y los Centros de
Atención Primaria de la Salud del
Partido de San Andrés de Giles, conforme los términos del
Decreto Municipal Nº 0911 dictado por el
Departamento Ejecutivo el día 28 de febrero de 2018, disponiendo el
correspondiente llamado; y
Considerando:
Que el
artículo 3º del mencionado acto administrativo dispone la aprobación del Pliego
de Bases y Condiciones correspondiente, y establece en su artículo 4º como fecha y
horario para el acto de apertura de las propuestas correspondientes, el
día 28 de marzo del año 2018, a la hora
10:00 , fijándose como fecha y horario límites para la presentación de las
propuestas, el mismo día 28 de marzo de 2018, hasta la propia hora 10:00.
Que en
cumplimiento a la legislación vigente, se realizó a través de dos medios
gráficos locales y del Boletín Oficial
de la Provincia de Buenos Aires, la publicación del llamado a Licitación
Pública Nº 5/2018, de acuerdo a las constancias obrantes en el expediente
indicado en el visto de la presente ordenanza, (Fs.29/32).
Que habiéndose
realizado en la fecha y hora indicadas el acto de apertura de propuestas, y
según consta en acta Nº 8/2018 – De
Licitación Pública- la única propuesta
presentada es la que corresponde a la Empresa Econorba S.A.
Que la propuesta en estudio,
consiste en :
·
Un importe de Seiscientos Ochenta y Siete Pesos con noventa
y Ocho Centavos ($ 687, 98) por cada contenedor de 20 kilogramos recolectado en
el Hospital Municipal San Andrés .
·
Un Importe de Dos Mil Novecientos Treinta Y Un Pesos Con
Veinticinco Centavos ( $ 2.931,25) . por
Contenedor recolectado en cada Sala de Atención Primaria dependiente de
la Municipalidad de San Andrés de Giles
·
Importe Manifiesto Oficial (por cada retiro)Veintinueve
Pesos Con Noventa y Un Centavos ($ 29.91).
·
Certificado de Incineración (Mensual ) Cincuenta y Ocho
Pesos con Cuarenta y Cuatro Centavos ($ 58,44).
·
Importe Total Por Mes Aproximado por todo el servicio:
Doscientos Treinta Mil Novecientos Cuarenta y Siete Pesos Con Sesenta y Tres
Centavos ($ 230.947,63)
Que, para el caso de existir un solo
oferente en la licitación, la Ley Orgánica
Municipal prevé en su artículo 155 que se podrá resolver su aceptación, previa
autorización al Honorable Concejo Deliberante.
Que norma similar contiene
el artículo 187 del Reglamento de Contabilidad.
Que debe
tenerse en cuenta la conveniencia de la propuesta, como también que se trata de
la cobertura de un servicio público esencial como la salud, circunstancia que
exige actuar con la premura y diligencia del caso, para evitar la posibilidad
de quedar privado nuestro Hospital Municipal del servicio de recolección,
traslado y depósito final de los residuos patogénicos generados en el Hospital
Municipal San Andrés y Centros de Atención Primaria de la Salud, dependientes
de la Municipalidad;
Por ello, el Honorable
Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo
1º:
Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la firma Econorba S.A., con
domicilio en Ruta 191 entre Avalos y Canadá de la Ciudad de Salto , Partido del mismo nombre, Provincia
de Buenos Aires, la licitación pública
N* 5/2018, cuyo objeto es la
contratación de
una empresa idónea que efectúe la
recolección, traslado y depósito final
de los residuos patogénicos generados
en el Hospital Municipal San Andrés y los Centros de Atención Primaria de la Salud del Partido de San Andrés de Giles, dependientes
de la Municipalidad, conforme la propuesta presentada como consecuencia del
llamado a dicha licitación, en virtud de ser la única oferta presentada,
considerándose la misma de evidente conveniencia a los intereses municipales.
Artículo
2º: De
forma.
Dada en Sesión Ordinaria
celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día
3 de mayo de 2018.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario