ORDENANZA Nº 2081
Visto:
El
expediente Nº 4101-1482-0-2018 mediante el cual se tramita el llamado a
Licitación Pública Nº 6/2018, cuyo objeto es la contratación de una empresa Idónea que provea Oxígeno
Medicinal a granel y en Tubos con destino al
Hospital Municipal San Andrés, conforme los términos del Decreto Municipal Nº 0912 dictado por el Departamento Ejecutivo el día
28 de febrero de 2018, que dispone el correspondiente llamado a Licitación;
y
Considerando:
Que en el artículo 2º del
mencionado acto administrativo (Fs.19//20) se dispuso la aprobación del correspondiente pliego de bases y
condiciones, fijándose como fecha y horario
para la apertura de propuestas el día 28 de marzo de 2018 a la hora 11:00 y
como fecha y horario límite para la presentación el mismo día 28 de marzo hasta
la hora misma hora 11:00
Que en
cumplimiento a la legislación vigente, se realizó a través de dos medios
gráficos locales y del Boletín Oficial
de la Provincia de Buenos Aires, la publicación del llamado a Licitación
Pública Nº 6/2018.(Constancias Obrantes en el expediente Nº Nº 4101-1482-0-2018
(Fojas: 24/28)
Que, surge del Acta Nº 9/2018- de
Apertura de Propuestas - De Licitación
Pública- que la única propuesta presentada es la que corresponde a AIR LIQUIDE
ARGENTINA S.A.;
y consiste en Un
Importe Mensual Fijo de Ciento Treinta Mil
Ciento Cuarenta y Cinco Mil Pesos Con Cincuenta y Dos Centavos
($130.145,62) y Un Importe Mensual Variable estimado de Once Mil Quince Pesos
Con Once Centavos ($ 11.015,11) , cuyo detalle obra en el Formulario de
Propuesta de la Firma mencionada y que corresponde a la Licitación motivo del
presente (Fs.97 del Expediente Nº 4101-1428-0-2018).
Que el señor Secretario de Salud de la
Municipalidad y la señora Directora Administrativa del Hospital San Andrés, han
formulado su conformidad por la oferta
presentada ,ya que la misma satisface las necesidades respecto de la provisión
de Oxígeno Medicinal a granel y en Tubos
para el referido Nosocomio;
Que, la Ley
Orgánica Municipal prevé en su artículo 155, que, para el caso de existir un solo oferente en
la licitación, se podrá resolver su aceptación, previa autorización del
Honorable Concejo Deliberante.
Que,
similar norma contiene el artículo 187 del Reglamento de Contabilidad.
Que debe tenerse en cuenta la conveniencia
de la propuesta, como también que se trata de la cobertura de un servicio
público esencial como la salud, circunstancia que exige actuar con la premura y
diligencia del caso, para evitar la posibilidad de quedar privado nuestro
Hospital Municipal del servicio de oxígeno medicinal
Por ello, el
Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo
a adjudicar a la firma AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A. con domicilio con domicilio real en calle Monseñor Magliano Nº
3079 de la ciudad de San Isidro y
domicilio legal en calle Uruguay Nº 1037
– Piso 7º de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, ambos de la Provincia de Buenos
Aires, Licitación Pública Nº
6/2018; cuyo objeto es la provisión de Oxígeno Medicinal a granel y en tubos en el Hospital Municipal San
Andrés, conforme
la propuesta presentada como consecuencia del llamado a dicha licitación, en virtud de ser la única oferta ,
considerándose la misma de evidente conveniencia a los intereses municipales
Artículo 2º: De forma.
Dada en Sesión Ordinaria
celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día
3 de mayo de 2018.-
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