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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2078/18: Contratación de servicio de Ambulancias.

ORDENANZA Nº 2078
 Visto:
El expediente Nº 4101-1483-0-2018 mediante el cual se tramita el llamado a Licitación Pública Nº 7/2018, cuyo objeto es la contratación  del servicio de ambulancias que se presta en el Hospital Municipal San Andrés, conforme los términos del Decreto  Municipal Nº 0913  dictado por el Departamento Ejecutivo el día 28 de febrero de 2018, que dispone el correspondiente llamado a Licitación; y

Considerando: Que en el artículo 2º del mencionado acto administrativo (Fs.20/21) se fijó como fecha y horario para la apertura de propuestas el día 28 de marzo de 2018 a la hora 13:00 y como fecha y horario límite para la presentación el mismo día 28 de marzo hasta la hora misma hora 13:00 

Que en cumplimiento a la legislación vigente, se realizó a través de dos medios gráficos locales  y del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, la publicación del llamado a Licitación Pública Nº 7/2018.(Constancias Obrantes en el expediente Nº Nº 4101-1483-0-2018 (Fojas: 25/28) 

Que, surge del Acta Nº 10/2018- de Apertura de Propuestas  - De Licitación Pública- que la única propuesta presentada es la que corresponde a la Sra. María Isabel Commeres. 

Que la propuesta en estudio, asciende a una suma mensual de NOVENTA Y NUEVE MIL  PESOS ($ 99.000 ) y  VEINTE PESOS ($ 20.-) por cada kilómetro que exceda los 2.500 kilómetros fijados como base para el llamado a licitación, valores válidos tanto para traslados en ambulancia común como para ambulancia de cuidados intensivos,

Que, la Ley Orgánica Municipal prevé en su artículo 155, que,  para el caso de existir un solo oferente en la licitación, se podrá resolver su aceptación, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante. 

Que, similar norma contiene el artículo 187 del Reglamento de Contabilidad. 

Que debe tenerse en cuenta la conveniencia de la propuesta, como también que se trata de la cobertura de un servicio público esencial como la salud, circunstancia que exige actuar con la premura y diligencia del caso, para evitar la posibilidad de quedar privado nuestro Hospital Municipal del servicio de ambulancias. 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente: 

ORDENANZA 

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la firma MARIA ISABEL COMMERES, con domicilio en calle Rivadavia Nº 902 de la ciudad  de San Andrés de Giles, la licitación pública  Nº 7/2018, cuyo objeto es la prestación del servicio de ambulancia para el Hospital Municipal San Andrés, conforme la propuesta presentada como consecuencia del llamado a dicha licitación, en virtud de ser la única oferta, considerándose la misma de evidente conveniencia  a los intereses municipales 

Artículo 2º:  De forma. 

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 19 de abril de 2018.-




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