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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2038/17 Convenio con el Colegio de Arquitectos.


ORDENANZA Nº 2038

Visto:
Las actuaciones contenidas en el expediente administrativo Municipal Nº 4101-0520/2017 y el  convenio suscripto  entre el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires, Distrito V  y la Municipalidad de San Andrés de Giles, y

Considerando:
Que  el objeto del mismo es   la complementación de esfuerzos y aportes en un proceso participativo, democrático de planificación y acción, que sirva para el desarrollo del Partido de San Andrés de Giles, en los campos de la legislación que hace a la profesión de arquitecto, problemática ambiental, ordenamiento urbano, planeamiento estratégico y patrimonio histórico cultural, con el fin de encontrar soluciones a problemas concretos de la comunidad local.

Que mediante el acuerdo mencionado la Municipalidad y del Colegio de Arquitectos Distrito V, tendrán en cuenta y procurarán solucionar los requerimientos que mutuamente se formulen, priorizando de común acuerdo las problemáticas a tratar. También el Colegio pone a disposición del Municipio, el Instituto de Estudios Urbanos, que funciona a nivel distrital, para que, a través de éste, se aborden los temas propuestos por la misma.

Que, resulta conveniente a los intereses del Municipio la materialización  del acuerdo;

Que las actuaciones cuentan con dictamen favorable   de la señora Directora de Planeamiento y Obras Particulares,  del señor Contador y de la señorita Asesora Letrada de la Municipalidad,

Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante homologar el referido convenio.
                             
Por ello,  el  Honorable Concejo Deliberante, en uso de las facultades legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

 Artículo 1º: Homológase  el convenio que obra a fs. 1 / 2 del expediente N° 4101-520/2017, suscripto entre el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires, Distrito V , representado por el  Arquitecto Jorge Alberto García y la Municipalidad de San Andrés de Giles, representada por el Sr. Intendente Municipal CPN Carlos Javier Puglelli ,  que tiene  por objeto la complementación de esfuerzos y aportes en un proceso participativo, democrático de planificación y acción, que sirva para el desarrollo del Partido de San Andrés de Giles , en los campos de la legislación que hace a la profesión de arquitecto, problemática ambiental, ordenamiento urbano, planeamiento estratégico y patrimonio histórico cultural, con el fin de encontrar soluciones a problemas concretos de la comunidad local, que como Anexo forma parte integrante de la presente.

Artículo 2º: Déjase establecido que en cada gastos a erogar, originado por el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, deberá requerirse la intervención previa de la Contaduría Municipal, a efectos de dictaminar sobre la capacidad financiera y/o presupuestaria de la Municipalidad para afrontarlos.

Artículo 3º: De forma. 

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 6 de septiembre de 2017.-


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