ORDENANZA Nº 2034
Visto:
El
Expediente Nº 4101-0454/17, iniciado por la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos con el objeto de llevar adelante las gestiones tendientes a
materializar la pavimentación con material concreto asfáltico en frío , de un
total de 35 cuadras en la ciudad cabecera del partido de San Andrés de
Giles; y
Considerando:
Que a tal efecto a través del Decreto Nº 1319 de fecha
21 de junio de 2017 dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, se llamó a
Licitación Pública Nº 14/17 para la
recepción de las ofertas correspondientes ;
Que a través del artículo 3º del referido acto
administrativo se estableció oportunamente como fecha y horario para la
apertura de los sobres, el día 28 de julio de 2017 a la hora 11:00;
Que conforme se encontraba previsto, en el día y hora
indicados, se realizó la apertura de propuestas, registrándose lo actuado en el
Acta Nº 14/17, de Licitación Pública;
Que del Acta de Apertura de Propuestas surge que se ha
presentado una única propuesta, correspondiente a la firma “Cementera San
Andrés S.R.L.”, que ofertó para la pavimentación con material concreto
asfáltico en frío, incluido mano de obra y materiales , la suma total de pesos
ocho millones seiscientos setenta y ocho mil doscientos cincuenta ($ 8.678.250)
Que el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos
en su dictamen de fecha 2 de julio del
corriente año (Fs.81/82) , indica que de la
evaluación practicada respecto a la documentación allegada a la propuesta, como
así también a otros informes requeridos y a referencias colectadas, surge que
la única oferta registrada cumple con
los requerimientos mínimos exigidos en el pertinente Pliego de Bases y
Condiciones y que el cotizante cuenta con referencias y antecedentes
comerciales de significación y una capacidad técnico-operativa suficiente para
cubrir las exigencias que se derivan de la obra a cumplimentar.
Que señala asimismo el titular de la
Secretaría de Obras y Servicios Municipal
que la firma CEMENTERA SAN ANDRÉS S.R.L. es una empresa proveedora de
insumos, productos, mano de obra y servicios cuya actividad comercial tiene
habilitación e inscripción ante los organismos correspondientes en San Andrés
de Giles; por lo cual se encuentra beneficiada con el Régimen Especial de
Compras y Suministros para el Desarrollo y Promoción Económica, denominado
“Compre local”, creado por Ordenanza Municipal Nº 1751/2014, pudiendo des,
tacarse también que aunque la cuantía de la cotización es levemente superior al
Presupuesto Oficial de la Licitación la propuesta es sin dudas conveniente a
los intereses municipales; ya que el costo estimado de la obra se definió el 31
de mayo del corriente año, antes de que acontecieran tanto un aumento en los
combustibles como una cierta devaluación de nuestra moneda nacional.
Que habiendo intervenido en las actuaciones la
Contaduría Municipal, el señor Contador dice en su informe de fecha 4 de agosto
(Fs. 83/84) en tre otras consideraciones que al haberse registrado una sola
oferta que se ajusta a las condiciones de la licitación , en caso que la misma
se considere de evidente conveniencia – podrá resolverse su aceptación con
autorización del Honorable Concejo Deliberante. En circunstancias distintas, el
segundo llamado será procedente y obligatorio;
Que idéntica apreciación formula en
su intervención la señorita Asesora Letrada de la Municipalidad en su dictamen
de fecha 8 de agosto de 2017.
Que efectivamente la Ley Orgánica
Municipal prevé en su Artículo 155, que
para el caso de existir un solo oferente en una licitación se podrá
resolver su aceptación, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante;
Que, similar disposición contiene
el Artículo 187 del Reglamento de Contabilidad;
Que, por lo precedentemente expuesto, este Honorable
Cuerpo estima conveniente dar curso favorable a las tramitaciones de
referencia, por lo que deviene necesario el dictado del acto administrativo
pertinente;
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias,
sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento
Ejecutivo a adjudicar a la firma “ Cementera San Andrés S.R.L.” con domicilio real en
calle Pichetto Nº 645 , y domicilio legal en calle Pichetto Nº 642, ambos de la
ciudad de San Andrés de Giles, Partido del mismo nombre, provincia de Buenos
Aires, La Licitación Pública Nº 14/17, cuyo objeto es la contratación correspondiente para la
realización (Con inclusión de mano de obra y materiales) de 35 cuadras, con material concreto asfáltico
en frío , en la ciudad cabecera del partido de San Andrés de Giles, por
resultar su oferta, la única presentada en la mencionada Licitación y de
evidente conveniencia, siendo las cuadras a pavimentar las siguientes:
Manchi entre
Avenida Lucas Scully y Colectora Norte (12 cuadras)
Alsina
entre Italia y Alem (3 cuadras)
Alsina entre
Mendez y Avenida San Andrés (2 cuadras)
Pellegrini entre
Italia y Avenida San Andrés (7 cuadras)
Quintana e/
Italia y Avda. San Andrés (7 cuadras)
Malvinas
Argentinas entre Lavalle y San Lorenzo (2 cuadras)
Italia entre
Etcheverry y Malvinas Argentinas (2 cuadras). Tramitándose las actuaciones
correspondientes a través del expediente Municipal N 4101-0454/2017.
Artículo 2º: De
forma.
Dada en Sesión Ordinaria
celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día
16 de agosto de 2017.-
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