ORDENANZA Nº 2021
VISTO:
La inquietud planteada
por vecinos que residen en diferentes zonas de nuestra ciudad en relación a la
necesidad de contar con el servicio de recolección de residuos domiciliarios en
forma sistemática y;
CONSIDERANDO:
Que el crecimiento demográfico que se ha dado en los últimos años en
nuestra ciudad, exige tomar decisiones para garantizar la prestación de
servicios públicos indispensables, entre los que se encuentra la recolección de
residuos domiciliarios;
Que al sólo efecto de evitar el depósito de bolsas con variado
contenido en las zonas aledañas a las calles y caminos colindantes a nuevas
zonas pobladas, se aconseja la colocación de cestos de magnitud considerable en
lugares estratégicos;
Que es responsabilidad del D.E. garantizar la recolección
sistemática de los residuos domiciliarios depositados en los mismos, evitando
la descomposición de los mismos;
Por ello, en uso
de atribuciones que le son propias, el H.C.D. sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a
proceder a la colocación de de “cestos” contenedores de residuos domiciliarios
en los puntos estrategicos de la ciudad de San Andrés de Giles que a
continuación se detallan: Calle Rawson y Ruta 7; calle Manchi y Pascual Gallo;
Ruta 193 y vias del Ferrocarril Urquiza; Ruta 41 y Acceso Colón; Acceso Colón y
calle 501; Calle Tito Valli y Prolongación calle Alem; Av. N.S. de Luján
(entrada al Cementerio Norte); calle 503 y vias del Ferrocarril Urquiza; y en
todos los espacios que D.E. considere necesarios.
Articulo 2°: los referidos “cestos” no podrán ser
colocados frente a ninguna vivienda o contrucción.
Articulo 3º: El D.E. deberá dar a
conocer a los vecinos los dias y horarios en que se recogerán los residuos
domiciliarios en forma sistematica
Artículo 4°: De forma.
Dada en Sesión Ordinaria
celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día
5 de julio de 2017.-
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