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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

686/16 Solicitar linea de colectivo a CABA.

COMUNICACIÓN Nº 686

Visto:
La necesidad imperante de los habitantes del Municipio de San Andrés de Giles, de contar con un servicio de transporte público que los conecte de forma directa con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y;

Considerando:
Que San Andrés de Giles no cuenta en la actualidad con ninguna línea nacional de colectivos que la conecte de manera directa con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,  a pesar de la distancia escasa que la une (100 km).-

Que el servicio de transporte público permitiría a los vecinos de San Andrés de Giles contar con un servicio elemental para poder desarrollar actividades que por sus características y complejidad sólo se realizan en CABA.-

Que asimismo San Andrés de Giles sufre el éxodo de sus jóvenes, quienes se radican en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para cursar sus estudios universitarios, por lo que contar con una línea nacional directa, significaría una ayuda económica importante para afrontarlos y brindaría mayor seguridad y comodidad a los mismos, fundamental para superar el desarraigo y la dificultad de vivir en un lugar nuevo con nuevas responsabilidades.-

Que contar con un servicio directo generaría oportunidades para poder disfrutar de las vastísimas actividades artísticas, culturales y deportivas que ofrece la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que no poseemos en la ciudad de San Andrés de Giles, y que son muy importantes para el desarrollo cultural de nuestros ciudadanos.-

Que asimismo significaría ampliar la oferta laboral para los gilenses, ya que jóvenes y adultos podrían acercarse a trabajar a Capital Federal en un tiempo menor y sin tener que depender de combinaciones y esperas que pongan en riesgo la continuidad laboral, ni tener que recurrir a alternativas privadas cuyos precios lo hacen impracticable en la actualidad.-

Que quienes hoy viajan en transporte público a la CABA, con esta alternativa quedarían menos expuestos a situaciones de inseguridad que genera el tener que realizar diferentes combinaciones.-

Que la existencia de un servicio a Capital Federal directo pondría en valor la terminal de nuestra ciudad, porque más personas viajarían y por ende, más personas necesitarían de más servicios propios del lugar e indirectamente favorecería a los comercios del barrio, porque se contaría con mayor afluencia de personas.-

Que contar con un servicio a Capital Federal permitirá a los comerciantes de nuestra ciudad, poder acercar mejores ofertas y productos a nuestra ciudad, ya que podrían viajar de manera continua y asidua en un servicio directo, que les ahorraría tiempo y dinero, elementos fundamentales para el desarrollo de las actividades comerciales.-

Que poder tener una línea que llegue a la CABA haría que quienes hoy viajan cotidianamente en autos particulares tengan una alternativa que, además de ahorrar dinero, generaría mayor seguridad para su integridad física al desplazarse en un transporte público rápido y eficiente.-

Que fomentaría la “industria sin chimenea” que es el turismo, generando más oportunidades económicas y laborales para los habitantes de San Andrés de Giles.-

Que por otra parte, la habilitación de la autopista Luján – San Andrés de Giles sobre la traza de la RN N° 7 ha generado una considerable reducción de los tiempos de viaje entre ambas ciudades, vinculado no solo a ellas sino también a los pueblos que se encuentran sobre el indicado trayecto.-

Que esto actualmente representa  una nueva realidad que facilita la prolongación de la trama urbana existente entre la ciudad de Luján y nuestro Partido.-

Que merece destacarse que dicha posibilidad innova sobre el actual esquema de movilidad pública, resultando equiparable al planteo existente entre la ciudad de Luján y la de Mercedes.-

Que así queda en evidencia la necesidad de incorporar al Partido de San Andrés de Giles dentro de las previsiones contenidas en el artículo 3° del decreto N° 656/94 que regula el transporte público por automotor bajo la jurisdicción Nacional a los fines de posibilitar una solución a las cuestiones  expresadas a través de la norma antes citada.-

Que en ese sentido se torna imprescindible requerir a la autoridad Nacional del Transporte, Ministerio de Transporte ( Secretaría de Gestión del Transporte) de la Nación, que amplíe la nómina de los partidos definidos como integrantes del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES – AMBA- y se incorpore al partido de San Andrés de Giles al mencionado ámbito geográfico.-

Que una vez concretado lo antes expuesto, se resuelva a través de los mecanismos normativos vigentes, la extensión de alguno de los servicios que bajo jurisdicción nacional alcance estos partidos del AMBA y se encuentre en condiciones de extender sus operaciones hasta San Andrés de Giles, con el objeto de satisfacer las necesidades de transporte apuntadas en los fundamentos precedentemente expuestos.-

Por ello, el HCD, ejerciendo las atribuciones que le confiere la ley, presenta la siguiente

COMUNICACIÓN

Artículo 1°: Solicítese al Ministerio de Transporte de la Nación – Secretaría de Gestión del Transporte – adopte las soluciones normativas en el ámbito de su competencia o eleve al Poder Ejecutivo Nacional los proyectos de los actos administrativos necesarios, para que los habitantes de San Andrés de Giles puedan contar con una línea nacional que conecte a dicha ciudad con la CABA, incluyendo a nuestro partido dentro del Área Metropolitana de Buenos aires (AMBA ) en los términos y con los alcances previstos en el decreto N° 656/94 y sus modificatorias.-

Artículo 2°: Envíese copia de la presente comunicación al Ministerio de Transporte de la Nación con copia a la Secretaría de Gestión del Transporte de dicho ministerio.-

Artículo 3°: De Forma.-


Dada en Sesión Ordinaria  celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 12 de octubre de 2016.-

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