ORDENANZA Nº 2015
Visto:
El
Expediente Nº 4101-0437/17, iniciado por el
Departamento Ejecutivo, por el cual se tramita la homologación del Convenio
suscripto con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la
provincia de Buenos Aires, para el estabilizado del camino de Acceso a Heavy (Camino
Secundario de Jurisdicción Provincial 94/05), entre la Ruta Nacional Nº 7 y el Camino
Secundario de Jurisdicción Provincial 94/02;
y
Considerando:
Que el mismo tiene su
origen en la solicitud que el Departamento Ejecutivo oportunamente realizara al
Gobierno provincial, a fin de que se dispusieran los fondos necesarios para concretar
las tareas de referencia;
Que la realización de la obra en cuestión mejorará la
estructura de suelo natural del señalado camino, a fin de permitir su
transitabilidad poco después o incluso durante la ocurrencia de precipitaciones,
beneficiando tanto a los vecinos del paraje rural de Heavy como a los de la
zona;
Que, al respecto, se han expedido
la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, la Oficina de Contaduría y la
Asesoría Letrada de la Comuna ;
Que, por lo precedentemente expuesto, este Honorable
Cuerpo estima conveniente dar curso favorable a las tramitaciones de
referencia, por lo que deviene necesario el dictado del acto administrativo
pertinente;
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias,
sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Homológase el Convenio suscripto, con
fecha 18 de mayo del corriente, entre el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de San Andrés de Giles y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la
provincia de Buenos Aires,
mediante el cual el gobierno bonaerense dispondrá un monto de pesos tres
millones ochocientos cincuenta mil ($ 3.850.000,00) con
destino a la obra de estabilizado del camino de Acceso
a Heavy (Camino Secundario de Jurisdicción Provincial 94/05), entre la Ruta
Nacional Nº 7 y el Camino Secundario de Jurisdicción Provincial 94/02.
Artículo 2º: Autorízase
al Departamento Ejecutivo a realizar todas las tramitaciones necesarias y a suscribir cuanta documentación resulte pertinente para el
cumplimiento de del objeto de la presente.
Artículo 3º: Autorízase
al Departamento Ejecutivo a afectar fondos que excedan el presente ejercicio y
a introducir las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias, con el
fin de afrontar la atención de los gastos que se generen, producto de la
obligación asumida por el convenio objeto de la presente, con fondos de libre
disponibilidad, hasta la finalización de la vigencia del mismo.
Artículo 4º: De
forma.
Dada en Sesión Ordinaria
celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día
24 de mayo de 2017.-
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