ORDENANZA
Nº 1849
Visto:
El informe elaborado por el Ingeniero
Forestal, José Luis Ponti, dando origen a la formación del expediente
administrativo Municipal Nº 4101-0328/2015; referente a la situación de una porción del arbolado
existente en la plaza “Felipe Santiago
Espil” de la localidad de Villa Espil;
jurisdicción de nuestro Partido ; y
Considerando:
Que expone el funcionario de la Secretaría de
Producción y Medio Ambiente que en el borde exterior de la referida plaza, se encuentra una doble hilera de árboles
pertenecientes a la variedad: plátano, añosos de buen desarrollo, en una cantidad que
supera los 120 ejemplares plantados, en diagrama “damero” a una distancia
aproximada de 4 metros
por 4 metros ; a los cuales no
se les ha realizado mantenimiento de limpieza de ramas muertas, enfermas o
dominadas desde hace décadas.
Que el informe del Ingeniero Ponti
describe que los plátanos son árboles de primera magnitud que pueden superar
largamente, como en este caso, los 20 metros de altura, caducifolios (De hoja caduca, que cae al empezar la estación
desfavorable),
con troncos gruesos, a menudo ramificados a poca altura, copa amplia, muy
extendida y globosa.
Que en el caso en particular que nos
ocupa, estas plantas han desarrollado una gran masa aérea.
Que en referencia a la situación en
la que se encuentran estas plantas, las mismas están en etapa de pleno desarrollo siendo motivo de
inquietud en gran parte de la población de Villa Espil desde hace tiempo,
habiendo sido planteada dicha preocupación por parte de las autoridades
educativas de la Escuela
de Educación Secundaria N° 5 de esa localidad. (Copia de la misma se anexa a
las actuaciones del expediente de marras –Fs14))
Que asimismo expresa el Ingeniero
Ponti que la misma preocupación le ha sido transmitida por vecinos del lugar
quienes en relación al tema, le han
sugerido la realización de un estudio
Que permita establecer la
conveniencia de realizar podas de bajada en esta arboleda.
Que la densidad de plantación ha sido
demasiado grande, teniendo en cuenta las dimensiones finales de las plantas y
como consecuencia de esto se ven copas dominadas y deformadas, muchas
inclinadas hacia el sector de libre crecimiento. Estas copas desarrollan un
sombreado que muchas personas consideran excesivo.
Que el apiñamiento de estos árboles
ha tenido distintas consecuencias: por un lado la escasez de espacio vital,
sumado a diferentes acciones humanas, ha provocado un empobrecimiento en el
estado sanitario de la masa.
Que la imagen que se aprecia a Fojas
1, nos muestra la hilera interna de la
calle que pasa por detrás del Jardín de Infantes de la localidad. Las bases de
los troncos tienen importantes pudriciones generadas a partir de diferentes
lastimaduras. Esto se repite en gran cantidad de plantas y en todo el
perímetro.
Que en tal sentido la base debilitada
en árboles de gran porte e importante peso aéreo puede disminuir la resistencia
mecánica del árbol frente a tormentas de fuertes vientos.
Que, lamentablemente, las tormentas
veraniegas acompañadas de fuertes vientos se han repetido en los años y, si
bien hasta hace poco era muy raro registrar eventos de roturas en plátanos,
aparentemente estos se han incrementado en los últimos tiempos.
Que en referencia al arbolado de la
plaza “Felipe Santiago Espil” y con relación a los plátanos , se ven ramas de
importantes dimensiones muertas, degradadas, insertas en los fustes principales
siendo la conexión de estos muñones en la madera del tronco principal suele
generar zonas de degradación con menor resistencia a las roturas. Es común que
a partir de estos puntos se declaren zonas de madera degradada que se expanden
en el interior de los fustes, muchas veces ahuecándolos. La última foto de la
página anterior muestra un ejemplo de una de las tantas ramas muertas.
Que la gran frondosidad de las copas
de este arbolado genera un sombreado que, bajo determinados puntos de vista,
podría considerarse excesivo. Por ejemplo, en muchos sectores de las veredas
internas, pese a ser estas de tierra, por la densa sombra no crece el pasto,
como así también, pese a lo avanzado del otoño y en horas del mediodía y
primeras de la tarde, puede verse cómo
los árboles sombrean totalmente la calle que pasa frente a la Capilla y a la Escuela de la localidad,
proyectándose este sombreado varios metros sobre las construcciones de
enfrente.
Que varios ejemplares presentan su
corteza muy dañada, habiendo sufrido en algunos casos, la pérdida de su
recubrimiento en la casi totalidad del tronco, desde el suelo hasta
aproximadamente 1,8
metros de altura. La falta de esta protección lo vuelve
muy vulnerable al ataque de patógenos.
Que concluye el Ingeniero Ponti que
luego de estudiar la situación prudentemente, repetidas charlas con autoridades
y vecinos e intentando estimar la evolución de la circunstancias considera que
una de las alternativas de manejo conveniente, para disminuir los riesgos de
roturas y accidentes, mejorar la iluminación del lugar y evitar la caída de
ramas muertas, podría ser la realización de una poda de bajada de copa que
reduzca el peso de las mismas y elimine ramas muertas y dominadas.
Que la situación se enmarca en el
Artículo 8º de la Ordenanza Municipal
Nº 38/90, que establece que en los casos
de extracción y/o poda de árboles en los paseos y plazas, las mismas
podrán efectuarse, previo dictamen técnico del Departamento Ejecutivo y
autorización del Honorable Concejo
Deliberante;
Que,
también es dable destacar que nos encontramos en la época indicada para la
realización de podas controladas.
Que es facultad de este HCD autorizar
la poda y extracción de árboles de la vía pública, cuando circunstancias debidamente
fundadas lo determinen, de acuerdo a lo establecido en la ordenanza 38/90.
Que para mayor ilustración el funcionario interviniente ha
acompañado algunas fotos (fojas 13) que muestran accidentes que involucraron
plátanos en el transcurso de tormentas ocurridas en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Por ello, el
Honorable Concejo Deliberante, en uso de las atribuciones que le son propias,
sanciona la siguiente y en mérito a lo establecido en el artículo 8º de la Ordenanza Municipal
Nº 38/90, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase,
la poda racional de bajada de copa en los plátanos ubicados en la Plaza “Felipe Santiago
Espil” de la localidad de Villa Espil , de nuestro Partido de San Andrés de
Giles , por los motivos explicitado en los considerando de la presente
ordenanza.
Artículo 2º: La
poda deberá efectuarse con el
asesoramiento y bajo la supervisión del Ingeniero Forestal José Luis Ponti,
dependiente de la
Secretaría de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad.
Artículo 3º: De forma.
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