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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1693/13: Doble mano Ovide y Malvinas.

ORDENANZA Nº 1693

Visto:
La extensión del núcleo poblacional urbano de la localidad cabecera del Partido de San Andrés de Giles, además del notorio incremento del parque automotor,  y;

Considerando:
Que el crecimiento de la ciudad, especialmente en el sector Sudoeste, ha determinado un importante aumento del tránsito peatonal y vehicular;
Que resulta necesario mantener la doble mano en muchas calles que han sido pavimentadas;
Que es imprescindible adecuar la reglamentación a las circunstancias actuales a los efectos de lograr un ordenamiento del tránsito y ofrecer mayor seguridad a transeúntes y conductores;
Que este Honorable Cuerpo estima conveniente disponer la implementación de doble mano de circulación vehicular en otras calles o nuevos tramos de las mismas y unificar las disposiciones existentes, vinculadas al asunto en cuestión, en único texto normativo; 
Que, por lo precedentemente expuesto, deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;
                                                        
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente

ORDENANZA

Artículo 1ºDispónese como doble mano  de circulación vehicular el sentido Este a Oeste y de Oeste a Este de las calles Pérez Ovide y Malvinas Argentinas en el tramo comprendido desde las calles Soulé a Bernardo de Irigoyen.

Artículo 2º:  Encomiéndase al Departamento Ejecutivo realizar la señalización pertinente de la modificación establecida en el artículo anterior.

Artículo 3º: De forma.


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 3 de Julio de 2013.-

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