BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1690/13: Apertura de calle Yacoy, Karen.

ORDENANZA Nº 1690

Visto:
Las actuaciones contenidas en el expediente 4101-0288; Letra Y; Año 2013; y

Considerando:
Que las mismas tienen su origen en la presentación oportunamente formulada ante el Municipio, por el Agrimensor Sebastían Dario Rosa, en representación de los Sres. Karen Lorena y Cristian Jorge Yacoy ,   referente  a la aprobación del proyecto de  “mensura, división , y cesión de calle ” , correspondiente al inmueble  identificado con las siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción IX; Parcela 918  del partido de San Andrés de Giles;
Que, la zona donde se encuentra emplazada dicha parcela es rural, dentro del radio de 3 kms. en torno a la localidad de Cucullú.
Que, dicha zona permite radicaciones de barrios extraurbanos permitiéndose para este tipo de urbanizaciones una subdivisión mínima de frente de 40 mts. con una superficie de 2000 mts.2
Que, dado el futuro potencial residencial del área, se busca favorecer una mejor división de parcelas con la superficie permitida, con un trazado de calles que genere macizos regulares.
Que, la parcela al día de la inspección se encuentra baldía, de acuerdo al
Acta de inspección nº 10410, labrada el día 04.03.12
Que, la calle propuesta deberá cumplir con el ancho reglamentario  y el cedente deberá realizar las tareas requeridas para su certificación definitiva, según proyecto aprobado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, procediéndose al visado correspondiente, en el momento que se encuentra cumplimentado este requisito, como así también la instalación del resto de los servicios exigidos (tendido eléctrico, desagües pluviales y amojonado)
Que luce a fs. 5 de las presentes actuaciones, el dictamen de la Sra. Directora de Planeamiento y Obras Particulares.
Que asimismo, ha sido incorporado dictamen del señor Asesor Letrado de la Municipalidad.
Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el trazado, apertura, rectificación,  construcción y conservación de  calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y,  las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la presente: 

                 ORDENANZA


Artículo 1º:  Autorízase la apertura de calle a ceder , según trazado que figura a fs. 2 del expediente nº 4101-288/13 , en virtud de lo requerido por los Sres. Karen Lorena y Cristian Jorge Yacoy.

Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo, construcción de alambrados, colocación del arbolado público correspondiente a la zona y demás obras que demande la apertura de la calle y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo y costo de los propietarios cedentes. Asimismo la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su construcción hasta su finalización, siendo éste requisito previo indispensable para proceder al visado del plano, caso contrario se visará con las restricciones correspondientes.

Artículo 3º: Una vez   realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, libérense al uso público las calles abiertas e incorpórense las mismas al dominio municipal .

Artículo 4º: De forma.-


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de  Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 3 de Julio de 2013.-

No hay comentarios: