RESOLUCIÓN Nº 286
El proyecto de reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial de
la Nación ; y
Considerando:
Que el proyecto de
modificación y unificación del Código Civil y Comercial de la Nación genera un salto
institucional cualitativo ya que es imposible resolver los problemas del siglo
XXI con normas del siglo XIX.
Que no cabe duda de que esta ley significará un avance
importante en materia civil y comercial, y en materia de protección y ejercicio
efectivo de los derechos de los hombres y mujeres de nuestro país.
Que en la elaboración del
anteproyecto han participado juristas, entidades sociales, organismos
gubernamentales y en su espíritu está consolidado la premisa fundamental de que
el pueblo está por encima de los intereses particulares.
Que se está definiendo un
Código que simplificará y actualizará la estructura normativa del país que permitirá
materializar instrumentos jurídicos que sirvan efectivamente a hombres y
mujeres en sus relaciones humanas y sociales.
Que
el debate del proyecto tendrá en cuenta los aportes de las audiencias públicas
realizadas en varias ciudades del país
por la comisión bicameral a cargo de la reforma, con el objetivo de
“federalizar” la discusión antes de su sanción en el Congreso
Que existe el consenso
suficiente para llevar adelante un proceso que permita lograr la modernización
de esta legislación que tiene como objetivo asegurar
la libertad y la dignidad de las personas para elegir en el marco de las leyes
su forma de vida.
Por ello el Honorable
Concejo Deliberante, en uso de atribuciones que le son propias, aprueba la
siguiente:
RESOLUCION
Artículo 1º: Expresar su beneplácito y
adhesión al proyecto de reforma, actualización y unificación del Código Civil y
Comercial presentado por el Poder Ejecutivo Nacional y declarar de Interés
legislativo municipal la necesidad de la sanción, por parte del Congreso
Nacional, de una nueva Ley a fin de garantizar la protección y ejercicio de los
derechos de los habitantes de nuestro país.
Artículo 2º:
Dar difusión en los medios locales y remitir copia de la presente
Resolución a las autoridades legislativas nacionales.
Artículo
3º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del
Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria
celebrada el día 10 de Octubre de 2012.-
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