ORDENANZA Nº 112/89
ARTICULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo, a abonar el personadle planta permanente dependiente de esta Municipalidad, un Suplemento Mensual no Remunerativo por la suma de doce mil australes (A12.000) a partir del 1 de Octubre de 1989 y hasta el 31 de diciembre de 1989, el cual no estará sujeto a descuento de ningún tipo, no integrara el sueldo básico, no devengara sueldo anual complementario, no se computara para el pago de horas extras, ni para la determinación de adicionales cuyo monto surjan de aplicar proporciones, indices o coeficientes sobre la remuneraciones. El presente suplemento no será aplicable al personal que perciba sus haberes de acuerdo a lo dispuesto en otras jurisdicciones,
ARTICULO 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo, a crear en el Presupuesto de Gastos en vigencia, a fin de imputar los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, una cuenta denominada “Suplemento Mensual no Remunerativo - Ordenanza Nº 112/89”, con las nomenclaturas y los créditos que a continuación se detallan:
Capitulo I: Departamento Deliberativo.
Finalidad 1: Honorable Concejo Deliberante.
Sección 1: Erogaciones Corrientes.
Sector 1: Funcionamiento.
Inciso 1: Gastos en Personal.
Partida Principal 3: Bonificaciones y Suplementos.
Partida Parcial 8: “Suplemento Mensual no Remunerativo - Ordenanza Nº 112/89”: A108.000
Capitulo II: Departamento Ejecutivo
Finalidad 1: Administración Central
Sección 1: Erogaciones Corrientes.
Sector 1: Funcionamiento.
Inciso 1: Gastos en Personal.
Partida Principal 3: Bonificaciones y Suplementos.
Partida Parcial 8: “Suplemento Mensual no Remunerativo - Ordenanza Nº 112/89”: A1.152.000
Finalidad II: Salud Publica
Sección 1: Erogaciones Corrientes.
Sector 1: Funcionamiento.
Inciso 1: Gastos en Personal.
Partida Principal 3: Bonificaciones y Suplementos.
Partida Parcial 8: “Suplemento Mensual no Remunerativo - Ordenanza Nº 112/89”: A3.132.000
Finalidad III: Servicio Especiales Urbanos
Sección 1: Erogaciones Corrientes.
Sector 1: Funcionamiento.
Inciso 1: Gastos en Personal.
Partida Principal 3: Bonificaciones y Suplementos.
Partida Parcial 8: “Suplemento Mensual no Remunerativo - Ordenanza Nº 112/89”: A2.304.000
Finalidad IV: Infra estructura Vial.
Sección 1: Erogaciones Corrientes.
Sector 1: Funcionamiento.
Inciso 1: Gastos en Personal.
Partida Principal 3: Bonificaciones y Suplementos.
Partida Parcial 8: “Suplemento Mensual no Remunerativo - Ordenanza Nº 112/89”: A1.116.000
Finalidad V: Bienestar Social
Sección 1: Erogaciones Corrientes.
Sector 1: Funcionamiento.
Inciso 1: Gastos en Personal.
Partida Principal 3: Bonificaciones y Suplementos.
Partida Parcial 8: “Suplemento Mensual no Remunerativo - Ordenanza Nº 112/89”: A 828.000
Total……………………………………………………………………….......…A8.640.000
ARTICULO 3: Autorizase al Departamento Ejecutivo, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo anterior, a tomar crédito de la Finalidad 6, Sector 4, Inciso 1 “Crédito Adicional” por la suma de…………………………………….........................................................……A8.640.000
ARTICULO 4: De forma.
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