ORDENANZA Nº 126/89
ARTICULO 1: Atento al proyecto presentado por la Comisión Pro-Mejoramiento de las calles Sarmiento (Barrio Villa Manchi) se considera que los fines perseguidos por dicho proyecto, estaría incluido dentro de las prescripciones del articulo 4 de la Ordenanza Nº 78/89, modificada por la ordenanza Nº 103/89, por la que se resuelve eximir a esa institución de pago del cinco por ciento (5%) correspondiente al fondo de rifas.
ARTICULO 2: La autorización respecto a la circulación de la rifa deberá ser resuelto por el Departamento Ejecutivo, previa intervención de las oficinas correspondientes.
ARTICULO 3: De forma.
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