ORDENANZA Nº 114/89
ARTICULO 1: Facultase al Departamento Ejecutivo a autorizar en las Plazas Publicas de este Partido, espectáculos públicos, deportivos, ferias, y similares actividades benéficas, actividades religiosas, políticos, sociales y culturales, bajo las condiciones establecidas en la Ordenanza Nº 133/87.-
ARTICULO 2: De forma.
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