DECRETO Nº 147
Objetivo: Creación de Comisión Especial para investigar presuntas irregularidades en la administración del Hospital Municipal.
VISTO:
El informe publicado por el periódico Noticias, denunciando públicamente la contratación de un aparato de ecografía en alquiler por parte del D.E. que a criterio del ciudadano de San Andrés de Giles, que ejerce la Dirección de dicho medio, acarrearía un grave perjuicio para la economía del municipio, y:
CONSIDERANDO:
Que de una investigación preliminar, llevada adelante por el bloque del FREPASO surge que no puede descartarse el hecho de que exista una situación irregular en la actuación administrativa mencionada.
Que existe en poder de este bloque información que en un principio estaría indicando que la contratación en cuestión se realizó, al menos de manera desventajosa para la administración municipal.
Que la Ley Orgánica Municipal establece que para realizar una contratación directa de esta naturaleza, se debe respetar el límite de $ 6.484,20. Existiendo varios contratos consecutivos por $ 6000 se presume que podríamos encontrarnos ante una maniobra para eludir dicha norma.
Que en dichos contratos aparecería de manera reiterada una relación indirecta de un empleado de planta permanente de este Municipio con los locadores.
Por ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:
DECRETO.
ARTICULO 1º: Créase una Comisión Especial con amplias facultades para analizar y dictaminar sobre la presunta irregularidad de la contratación en alquiler de un aparato de ecografía, por parte del D.E. para prestar servicio en el Hospital Municipal.
ARTICULO 2º: La Comisión estará compuesta por tres miembros, uno por cada Bloque designados a propuesta de cada uno de los partidos políticos que están representados actualmente en el H.C.D.
ARTICULO 3º: La Comisión tendrá libre acceso a toda la información, registro y/o documentación que se requiera para el esclarecimiento del tema en cuestión de todas las dependencias de la administración Municipal, como así también recabar información a quien lo considere procedente, al mismo tiempo podrá recabar de las áreas y/o Secretarías, y/o Direcciones del ámbito municipal los informes y/o documentación labrada oportunamente.
ARTICULO 4º: La Comisión Especial deberá actuar con la celeridad que las circunstancias requieren.
ARTICULO 5: De forma.
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