ORDENANZA N 244
VISTO:
La atención integral que brinda el Jardín Mater nal "Brotecitos", a niños de cuarenta y cinco días a tres años que por diversas razones no pueden permanecer durante el día o parte de él con sus padres.-
El horario de atención del Jardín, que se ajus-ta a los requerimientos de la zona y a la jornada laboral de los padres, que abarca de lunes a viernes con jornada completa (7,30 a 17,30 hs.)
La continuidad del servicio, que se brinda con sus respectivos horarios durante todo el año sin entrar en re-ceso.-
La atención que se brinda a cada uno y a todos los niños: asistencia fisiológica, estimulación de la expre-sión verbal, física y estética; encauce de la motricidad grue-sa hacia juegos organizados; detección a través de la observa-ción de las necesidades y conflictos de los niños y los tras-tornos de salud, realizando las acciones correspondientes en cada caso.-
La necesidad de realizar reuniones periodísti-cas para que se expliciten los conflictos que suceden en la dinámica institucional a fin de preservar la comunicación en-tre todos los miembros.-
Las funciones y misiones de todo el plantel, en relación a la cantidad y edades de los niños; y:
CONSIDERANDO:
Que la responsabilidad asumida por el personal, es ilimitada dada la heterogeneidad de edades y funciones.-
Que la Institución brinda a los padres un hábi-tat adecuado para la estadía de los niños.-
Que la relación personal-niño es más significa-tiva que en otra Institución, motivo por el cual el número de personas a cumplir funciones, es mayor.-
Que el mantenimiento de la Institución requiere insumos permanentes y/o fijos.-
Que la recaudación actual no cubre los gastos que produce la Institución.-
Por ello, el H.C.D. sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1: Derógase la Ordenanza Nro. 75/92.-
ARTICULO 2: Modifícase el artículo 1ro. de la Ordenanza Nro. 41/90, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 1: "Autorízase al Departamento Ejecutivo, a percibir en concepto de cuota mensual por cada alumno que asista al Jar dín Maternal Municipal "Brotecitos", y a partir del mes de oc-tubre de 1995, los importes que surjan de la siguiente escala:
a) Niños de hasta un año, por cuatro (4) horas.....217 módulos
Por cada hora subsiguiente, por mes,cada hora....20 módulos
b) Niños de más de un año, por cuatro (4) horas....196 módulos
Por cada hora subsiguiente, por mes, cada hora...18 módulos
El valor del módulo, es el establecido en el artículo 5to. de la Ordenanza Nro. 197/95.-
ARTICULO 3: Comuníquese a la Directora del Jardín Maternal, a las Oficinas de Recaudación, Contaduría y Acción Social, re-gístrese y archívese.-
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