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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2168/18: Creación del programa de fortalecimiento a las instituciones culturales.


ORDENANZA Nº 2168
Visto: 
El proyecto de ordenanza de cálculo de recursos y presupuesto para el ejercicio 2019 remitido por el DE y;
Considerando: 
Que,  del análisis del citado proyecto se desprende la necesidad de incrementar las partidas vinculadas al acompañamiento y fortalecimiento de las instituciones sociales y culturales de nuestro Partido;
Que, asimismo, corresponde garantizar el acceso equitativo a esos recursos por parte de las instituciones citadas;
Que, por lo anterior, es dable fijar pautas y criterios para el otorgamiento de subsidios como así también dotar al DE de herramientas para ampliar y mejorar la disponibilidad de recursos destinados a las instituciones que desarrollan actividades sociales y culturales;
Que, en todo ello, es notable y requiere nuestro reconocimiento la tarea que las instituciones realizan en pos del desarrollo social y cultural de nuestra comunidad;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
                                                            ORDENANZA
Artículo 1°: Crease  el programa de Fortalecimiento a Instituciones Culturales y Sociales del Partido de San Andrés de Giles para el año 2019.
Artículo 2°: El presente programa dependerá de la Secretaría de Gobierno Municipal y otorgará subsidios a instituciones culturales y sociales reconocidas en el ámbito municipal que apunten al desarrollo de actividades, eventos, mejoras y refacciones o que apunten a solventar los gastos de funcionamiento de las mismas.
Artículo 3°: Asignase al programa de Fortalecimiento a Instituciones Culturales y Sociales la suma de $  800.000 (Ochocientos mil pesos), que podrá ser ampliada.
Artículo 4º: Los subsidios que reciban las instituciones deberán ser rendidos conforme lo establezca la autoridad de aplicación.
Artículo 5º: Los gastos que demande la aplicación del programa de Fortalecimiento a Instituciones sociales y culturales serán imputados a la partida 01.00.00  5.1.7.0.
Artículo 6°: De forma.


Dada en Sesión Extraordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 27 de diciembre de 2018.-


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