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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2131/18: Instalación de limitadores contramano en Av.Cámpora.


ORDENANZA Nº 2131

Visto:
Las permanentes infracciones que realizan los conductores de vehículos livianos y pesados que intentan ingresar desde la Avenida Cámpora hacia la Estación de Servicio que se encuentra emplazada en el ingreso a nuestra ciudad; y

Considerando:
Que a diario se cometen múltiples infracciones de tránsito, ya que los conductores realizan maniobras imprudentes, girando en “U” para lograr el ingreso a la Estación de Servicio que se encuentra en la rotonda de acceso a nuestra ciudad;

Que esas maniobras ponen en riesgo a los conductores que circulan por la Ruta Nacional N° 7 e ingresan a nuestra ciudad;

Que la instalación de un dispositivo denominado “imitador de contramano”, es de suma importancia para evitar accidentes;

Que es necesario adoptar medidas previas para favorecer la seguridad de las personas y bienes;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona el siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Dispóngase la instalación de limitador de contramano sobre la cinta asfáltica en la Avenida Cámpora esquina Pérez Ovide, entre los bulevares existentes en dicha arteria.

Artículo 2°: Los limitadores de contramano serán delineadores flexibles de poliuretano de alta resistencia al impacto, de 80 cm. de alto y en la cantidad de tres, fijados al asfalto a través de una base de 20 cm. de diámetro, que cuenta el delineador.

Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a afectar las partidas presupuestarias necesarias a fin de dar cumplimiento a la presente ordenanza.

Artículo 4º: De forma.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 23 de agosto de 2018.-




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