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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

370/18: Manifestar disconformidad por posible apertura de Farmacity.


RESOLUCIÓN Nº 370
Visto:
La preocupación e inquietud manifiesta por la gran mayoría de los farmacéuticos de nuestro distrito y de la provincia de Buenos Aires frente a la real posibilidad de apertura de importantes cadenas de farmacias y multirubros, entre ellas Farmacity y;

Considerando: 
Que la Ley 10.606 es una norma de neto corte sanitarista que concibe a la farmacia como un servicio público y no como un comercio.-

Que facilita el desarrollo y extensión del servicio a todos los puntos de la provincia e incluso aquellos que no son activos desde el punto de vista económico.-

Que en defensa de la ley, cabe destacar que en 2013 el Ministerio de Salud de Nación  profundizó el marco legal establecido que las farmacias “sólo pueden dedicarse a la venta de recetas preparadas, dispensa de drogas, medicamentos, cualquiera sea su condición de expendio, productos destinados a la higiene o estética”.-

Que la decidida intención de estas grandes cadenas multirubros, con licencia para la venta de medicamentos, pretende vulnerar la Ley 10.606 que reglamenta la distribución racional de farmacias de acuerdo a índices geográficos y demográficos, y que las considera centros de salud y servicio público, también destacamos que aproximadamente el 40% de la facturación de estas grandes cadenas proviene de productos que no son medicamentos, situación que también genera controversia con  los Kiosqueros y Mercados de Barrio.-

Que desde el Colegio Profesional se entiende que las leyes debatidas y aprobadas por consenso democrático en la legislatura bonaerense, y de probada efectividad en la práctica, no deben ser vulneradas.-

Que en el año 2012 una de estas cadenas comenzó un juicio con la intención de romper los parámetros establecidos en la Ley 10.606 para instalar una farmacia en tres aspectos claves: La distancia de 300 metros, la densidad de población (una farmacia cada tres mil habitantes) y la prohibición de funcionar bajo la figura de Sociedad Anónima.-

Que esta acción judicial fue rechazada por la Justicia en primera y segunda instancia, de igual manera la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de inaplicabilidad de la ley interpuesto por Farmacity. Frente a esto la empresa presentó un nuevo recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación estando dicho recurso pendiente de resolución.-

POR TODO LO EXPUESTO, EL H.C.D., EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, APRUEBA LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTÍCULO 1: Manifestar la disconformidad de este cuerpo ante la posible apertura de importantes cadenas de farmacias y multirubros, entre ellas FARMACITY.-

ARTÍCULO 2: Girese una copia de la presente al Sr. Presidentes de la Corte Suprema de la Nación, Dr. Ricardo Luis Lorenzetti, a fin de hacerlo saber el contenido argumental de la presente y el rechazo de este cuerpo legislativo a la posible vulneración de la Ley 10.606.-

ARTÍCULO 3: A los mismos efectos remítase una copia a la Gobernadora de la provincia de Buenos Aires y al Sr. Intendente Municipal de San Andrés de Giles.-

ARTICULO 4: Remítase copia al Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, resaltando el respaldo de este cuerpo Deliberativo a la vigencia de la Ley 10.606 y al ejercicio profesional farmacéutico que la misma regula.-

ARTÍCULO 5: De forma.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 5 de julio de 2018.-           

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