RESOLUCIÓN Nº 364
Visto:
El exponencial aumento de las tarifas de los servicios
públicos esenciales –luz y gas - autorizado por el Poder Ejecutivo Nacional
desde 2016 hasta la actualidad; y
Considerando:
Que los servicios públicos
domiciliarios de luz y gas son indispensables para garantizar el derecho a la
salud y la vida digna, y que están expresamente comprendidos dentro del derecho
universal a una vivienda adecuada, según establece el Sistema de Protección de
Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Que
el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU señaló en la
Observación General N° 4, que una vivienda adecuada “debe contener ciertos
servicios indispensables para la salud, la seguridad, la comodidad y la
nutrición” y que “todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada
deberían tener acceso permanente a recursos naturales y comunes, a agua
potable, a energía para la cocina, la calefacción y el alumbrado, a
instalaciones sanitarias y de aseo, de almacenamiento de alimentos, de
eliminación de desechos, de drenaje y a servicios de emergencia”.
Que
los aumentos autorizados para el año en curso se suman a los que se realizaron
en 2017, que en algunos casos superan el 250%, y a los desmesurados incrementos
del 2016.
Que
estos aumentos son muy superiores a la suba de los ingresos de la población, lo
que conduce inexorablemente a la pobreza energética, dimensión específica de la
pobreza en la cual los hogares presentan severas dificultades para hacer frente
a esos gastos.
Que los servicios públicos
involucrados cumplen funciones sociales primordiales e irremplazables, por lo
que la falta de acceso a los mismos implica directamente que la calidad de vida
de la población se vea resentida de manera drástica.
Que, los aumentos de tarifas de
servicios públicos no sólo afectan a los usuarios residenciales, sino también a
un abanico amplio de sectores de la sociedad, como clubes, centros culturales,
comercios, sindicatos, empresas y pymes;
entre otros.
Que, ante la situación descripta,
resulta necesaria una intervención del Estado y de los organismos de control,
en pos de regular los aumentos desmedidos a los que se hace referencia.
Que, cada vez son más las familias de
nuestro distrito que no pueden pagar sus facturas; clubes e instituciones
intermedias y comercios e incluso
industrias que se ven afectados por el
mismo motivo.
Por
ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN
Artículo 1º:
Expresar la voluntad de este Cuerpo de que los distintos Organismos del estado
con injerencia especifica de ley en la temática, declaren la Emergencia
Tarifaria en materia de servicios públicos de distribución eléctrica y servicio
de gas natural en el Municipio de San Andrés de Giles por el lapso de 1 (un)
año a partir de la sanción de la presente.
Artículo 2º:
Solicítese al Poder Ejecutivo Provincial y Nacional retrotraer los precios de
las tarifas de los servicios públicos de distribución eléctrica y servicio de
gas natural distribuido en la Provincia de Buenos Aires, al cuadro tarifario
vigente al 31 de diciembre de 2017, debiendo asimismo proceder a la devolución
de los importes que resulten excedentes a través de descuentos en las facturas
pendientes o subsiguientes.
Artículo 3º:
Recomiénde al Departamento Ejecutivo Municipal a que utilice todos los
mecanismos legales a su alcance para asegurar el acceso a los servicios
públicos esenciales de todos los habitantes de nuestro distrito.
Artículo 4º:
Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial y Nacional, a la Subsecretaria de
Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, al Ministerio de Energía de
la Nación y al Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación
y la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 5º: De
forma.
Dada en la
Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San
Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 19 de abril de 2018.-
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