ORDENANZA Nº 2086
Visto:
El Expediente
Administrativo Municipal Nº 4101-0878/2017 cuyas actuaciones refieren al
convenio suscripto entre el Banco Macro
S.A. y la Municipalidad de San Andrés de
Giles ; y
Considerando:
Que el
objetivo general del referido convenio consiste
en el otorgamiento de facilidades credilicias en el rubro préstamos
personales , a los empleados de planta permanente y planta política del
Municipio, que se encuentren interesados en esa cuestión.
Que
el referido Convenio se encuentra agregado a Fs. 33/36 del citado expediente;
Que han
intervenido en las actuaciones del mentado
expediente el señor Contador Municipal, la Encargada de la Oficina de
Recursos Humanos y Capacitación y la
señora Asesora Letrada de la Municipalidad;
Que el artículo 41 de la
Ley Orgánica de las Municipalidades determina que corresponde al Órgano
Deliberativo Municipal, resolver en estas cuestiones;
Por ello, el
Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que le son propias,
sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Homologase el convenio que
como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza, suscripto entre el Banco Macro S.A. y la Municipalidad de San Andrés de Giles,
cuyo objetivo es el otorgamiento de facilidades credilicias en el rubro
préstamos personales , a los empleados de planta permanente y planta política
del Municipio, que se encuentren interesados en esa cuestión, tramitándose las correspondientes actuaciones
a través del expediente administrativo
Municipal Nº 4101- 0878/2017.
Artículo 2º: Autorízase al señor Intendente Municipal a suscribir toda la documentación necesaria
tendiente a brindar cumplimiento a lo dispuesto en el convenio cuya
homologación se dispone por la presente
Ordenanza.
Artículo 3º:De
forma.
Dada en Sesión Ordinaria
celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día
3 de mayo de 2018.-
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