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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2086/18: Convenio con el Banco Macro.

ORDENANZA Nº 2086

Visto:
El Expediente Administrativo Municipal Nº 4101-0878/2017 cuyas actuaciones refieren al convenio suscripto  entre el Banco Macro S.A.  y la Municipalidad de San Andrés de Giles ; y

Considerando:
Que el objetivo general del referido convenio consiste  en el otorgamiento de facilidades credilicias en el rubro préstamos personales , a los empleados de planta permanente y planta política del Municipio, que se encuentren interesados en esa cuestión.

Que el referido Convenio se encuentra agregado a Fs. 33/36 del citado expediente;
Que han intervenido en las actuaciones del mentado  expediente el señor Contador Municipal, la Encargada de la Oficina de Recursos Humanos y Capacitación y  la señora Asesora Letrada de la Municipalidad;

Que el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades determina que corresponde al Órgano Deliberativo Municipal, resolver en estas cuestiones;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA

Artículo 1º:  Homologase el convenio que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza, suscripto  entre el Banco Macro S.A.  y la Municipalidad de San Andrés de Giles, cuyo objetivo es el otorgamiento de facilidades credilicias en el rubro préstamos personales , a los empleados de planta permanente y planta política del Municipio, que se encuentren interesados en esa cuestión,  tramitándose las correspondientes actuaciones a través del expediente  administrativo Municipal  Nº 4101- 0878/2017.

Artículo 2º: Autorízase al señor Intendente Municipal  a suscribir toda la documentación necesaria tendiente a brindar cumplimiento a lo dispuesto en el convenio cuya homologación   se dispone por la presente Ordenanza.

Artículo 3º:De forma.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 3 de mayo de 2018.-

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