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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2032/17 Convenio con el CEAMSE.

ORDENANZA Nº 2032

Visto:
El Expediente Administrativo Municipal Nº 4101-0646/2017 , iniciado en virtud del Convenio suscripto entre la Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE)  y la Municipalidad de San Andrés de Giles ;  y
Considerando:

Que el acuerdo mencionado tiene por objeto la intervención del mencionado Organismo para brindar a la Municipalidad de San Andrés de Giles, Dirección Técnica y Asistencia , respecto de la gestión integral , transporte y disposición final de los residuos sólidos urbanos que se generan en nuestra ciudad;

Que la Ley Provincial de Residuos Sólidos Urbanos Nº 13.592 tiene como objeto fijar los procedimientos de gestión de los residuos sólidos urbanos de acuerdo con las normas establecidas en la Ley Nacional Nº 25.916 de “Presupuestos Mínimos de protección ambiental para la gestión integral de los residuos domiciliarios;

Que dicha gestión integral comprende las siguientes etapas: generación; disposición inicial, recolección, transporte , almacenamiento ,planta de transferencia, tratamiento y /o procesamiento y disposición final.

Que obra a fojas 20 del referido expediente, el informe conjunta del señor Secretario de Obras y Servicios y de la señora Coordinadora de Medio Ambiente,

Que han intervenido en las actuaciones el señor Contador Municipal y la señorita Asesora Letrada;                         

Que la vigencia del acuerdo excede el presente ejercicio;               

Que el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades determina que corresponde al Órgano Deliberativo Municipal, intervenir en estas actuaciones;
                       
Por ello el Honorable Concejo Deliberante, en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Homológase el Convenio suscripto suscripto entre la Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE)  y la Municipalidad de San Andrés de Giles, cuyo  objeto es la intervención del mencionado Organismo para brindar a la Municipalidad de San Andrés de Giles, Dirección Técnica y Asistencia , respecto de la gestión integral , transporte y disposición final de los residuos sólidos urbanos que se generan en nuestra ciudad; en el marco de  la Ley Provincial de Residuos Sólidos Urbanos Nº 13.592 y la Ley Nacional Nº 25.916, que se agrega a la presente Ordenanza formando parte de ella.

Artículo 2º: Autorízase al señor Intendente Municipal  a suscribir toda la documentación necesaria tendiente a brindar cumplimiento a lo dispuesto en el Convenio cuya homologación se dispone por la presente Ordenanza.

Artículo 3º:  Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar fondos que excedan el presente ejercicio y a introducir las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias, con el fin de afrontar la atención de los gastos que se generen , producto de la obligación asumida por el convenio objeto de la presente Ordenanza , hasta la finalización de la vigencia del mismo.

Artículo 4º: De forma.-


Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 16 de agosto de 2017.-


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