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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

574/13: Informe referido a la ordenanza Nº 1645.

COMUNICACIÓN Nº 574  
VISTO

Que con fecha 29 de noviembre del año 2012 se dio sanción a la ordenanza Nº 1.645 que declara la emergencia habitacional en el distrito de San A. de Giles, y

CONSIDERANDO                        
                    
Que la misma da marco a una problemática muy seria en nuestra comunidad y tiene como objeto acelerar el proceso de adopción de soluciones eficaces y eficientes a la problemática inmediata de la falta de acceso a la tierra y la vivienda para el habitat social;
                       
Que en su art. 4º, establece  que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas correspondientes, realice la actualización e incorporación al Registro de Demanda Unico  de soluciones habitacionales, donde se recabarán los datos socioeconómicos de las familias y que se estipula para ello un plazo no mayor de 60 días, a partir de la sanción de dicha ordenanza;
                       
Que en su art 6º, encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal a través  del Área competente que estime considerar, que realice en un plazo no mayor de 60 días  las acciones necesarias que genere información acabada sobre la cantidad y tipo de terrenos o parcelas disponibles en el ejido municipal, ya sean de dominio municipal, provincial, nacional o privadas pasible  de ser gestionadas por el Estado para fines sociales como así también un relevamiento de los terrenos que han sido cedidos por la Municipalidad a terceros, con algún objeto especifico y ese objeto no se haya cumplido, conforme ordenanza.
Que el municipio debe utilizar el marco regulatorio existente para dar  respuesta a un problema habitacional que no puede seguir desconociendo la importancia de construir una ciudad cada vez más inclusiva.
Por ello el HCD, en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente

                             COMUNICACIÓN  

Articulo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo informe a este Cuerpo las acciones de difusión y actualización del Registro de Demanda Unico de Soluciones Habitacionales llevada a cabo.

Articulo 2º: Reiterar la solicitud al DE que remita a este Cuerpo los resultados de los relevamientos realizados en el marco del cumplimiento del art. 6º de la Ordenanza citada, es decir la información sobre cantidad y tipos de terrenos o parcelas de dominio municipal, provincial o nacional o privadas pasibles de ser gestionadas por el Estado para fines sociales.

Articulo 3º: Informar a este HCD, teniendo en cuenta el artículo 7º de la ordenanza Nº 996/05, el resultado de la convocatoria a oferentes de tierras cuyos inmuebles se adecuen y puedan ser incorporados al Banco de Tierras Municipal.

Articulo 4º: De forma.


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