COMUNICACION N 35
VISTO:
La Comunicación Nº 29 del 21/07/94; y:
CONSIDERANDO:
Que en el mes de Agosto se repitió el hecho de la firma de los contratos en fecha tardía.
Que ello ocasiona notables perjuicios a los trabajadores municipales, fundamentalmente en lo que hace al uso de la obra social.
Que se hace necesario corregir esta situación en forma inmediata.
Por ello, el H.C.D. en uso de atribuciones que le son propias, aprueba la siguiente:
COMUNICACION
ARTICULO 1: Insistir con los términos de la Comunicación Nº 29 a fin de que se instrumente la firma de los contratos de los agentes municipales en los priemros días del mes.
ARTICULO 2: De forma.
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