RESOLUCION Nº 271
Visto:
Que se ha realizado la consulta a la Accesoria Letrada de este Cuerpo, en referencia al Expediente Nº 2416-11500/09, iniciado por el señor Zarich, Hugo Alberto ante el Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Bs. As. r/ Regularizar situación ocupacional – Belgrano Oeste Nº 848 – Barrio Plan Familia Propietaria – San Andrés de Giles, y;
Considerando:
Que NO es competencia del Honorable Concejo Deliberante adjudicar viviendas, siendo ella plena facultad del Departamento Ejecutivo, justamente con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires,
Que se ha recomendado desde la Accesoria Letrada de este Cuerpo, la devolución del Expediente al Departamento Ejecutivo, ya que es de este, de quien depende el otorgamiento de viviendas de interés social, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley, por parte de los peticionantes,
Que de expedirse este H. Cuerpo atento a lo solicitado, esto es, mediante una ordenanza, se estaría adoptando una decisión contrapuesta con lo ordenado y establecido por este mismo Cuerpo en las Ordenanzas Nº 1218 y su modificatoria Nº 1394 del 2007 y 2009 respectivamente, además de contraponerse con las normas propias del Instituto de la Vivienda,
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
RESOLUCION Nº 271
Visto:
Que se ha realizado la consulta a la Accesoria Letrada de este Cuerpo, en referencia al Expediente Nº 2416-11500/09, iniciado por el señor Zarich, Hugo Alberto ante el Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Bs. As. r/ Regularizar situación ocupacional – Belgrano Oeste Nº 848 – Barrio Plan Familia Propietaria – San Andrés de Giles, y;
Considerando:
Que NO es competencia del Honorable Concejo Deliberante adjudicar viviendas, siendo ella plena facultad del Departamento Ejecutivo, justamente con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires,
Que se ha recomendado desde la Accesoria Letrada de este Cuerpo, la devolución del Expediente al Departamento Ejecutivo, ya que es de este, de quien depende el otorgamiento de viviendas de interés social, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley, por parte de los peticionantes,
Que de expedirse este H. Cuerpo atento a lo solicitado, esto es, mediante una ordenanza, se estaría adoptando una decisión contrapuesta con lo ordenado y establecido por este mismo Cuerpo en las Ordenanzas Nº 1218 y su modificatoria Nº 1394 del 2007 y 2009 respectivamente, además de contraponerse con las normas propias del Instituto de la Vivienda,
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: Devolver al Departamento Ejecutivo el Expediente Nº 2416-11500/09, iniciado por el señor Zarich, Hugo Alberto ante el Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Bs. As. r/ Regularizar situación ocupacional – Belgrano Oeste Nº 848 – Barrio Plan Familia Propietaria – San Andrés de Giles, por considerar innecesario el dictado de una nueva disposición normativa en mérito a las circunstancias fácticas relacionadas al asunto en análisis.
Artículo 2º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Extraordinaria celebrada el día 9 de Marzo de 2011.-
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