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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

4/90 San Andrés de Giles no es zona de caza.

COMUNICACION Nº 4/90

VISTO:

Que el Partido de San Andrés de Giles ha sido declarada zona autorizada para la caza por la presente temporada; y:

CONSIDERARNDO:

Que el Partido de San Andrés de Giles, en toda su extensión rural, constituye una zona subdividida en pequeñas y medianas fracciones de campo, salvo algunas pocas excepciones.

Que por lo tanto, su zona rural además de ser intensivamente trabajada con explotaciones agrícolas, ganaderas y tamberas, se encuentran pobladas por viviendas que no distan mucho uno de otras.

Que hasta el presente, y sin que hubiere autorización, la caza ha sido un problema para numerosos vecinos de nuestro Partido, que han visto sus campos, poblados de animales y con viviendas próximas, invadidos por cazadores, con el consiguiente riesgo humano y económico que ello implica.

Que, además, algunos de dichos vecinos han manifestado su temor de que, en algunos casos esa actividad ha servido para encubrir la faena de reses en los campos, robos, etc.

Que es consecuencia, parece de toda lógica que dicho deporte se practique en zonas en que existen grandes extensiones de campo, lo que posibilita que el mismo se realice sin riesgo para personas y bienes.

Que la circunstancia de que estas zonas se encuentren mas alejadas, aumentando considerablemente el costo de dicha actividad –argumento que suele ser usado por quienes practican el deporte de referencia-, de ninguna manera puede prevalecer sobre la seguridad de de vidas y de bienes de los habitantes de nuestra comunidad.

Que por otra parte, ello se ve agravado por los problemas de seguridad que, en particular, se han presentado en nuestro Partido, lo que han determinado la intervención de este Honorable Consejo Deliberante, y, en general, en el territorio provincial, motivando la preocupación de las autoridades competentes, todo lo cual es de publico conocimiento.

Que, en razón de todo lo expuesto, la disposición de referencia constituye un motivo de especial preocupación para toda la población rural de nuestro Partido, así como para quienes tienen establecimientos agrícolas, ganaderos y tamberos contribuyendo, aun mas, al resquebrajamiento de la deseada y necesaria seguridad en la que se encuentra empeñadas las autoridades provinciales, con el agravante de aparecer como desprovista de razón valida que la justifique.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante eleva al Departamento Ejecutivo la siguiente:

COMUNICACIÓN:

ARTICULO 1: Dirigirse al Señor Ministro de de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, Dr. José M. Venet, a efectos de solicitarle, por los fundados motivos expuestos en los Considerándos de la presente, se deje sin efectos la Resolución por la cual se declara al Partido de San Andrés de Giles, como zona de caza para la presente temporada.

ARTICULO 2: Dirigirse al Señor Intendente Municipal, Dr. Aldo Hugo Nascimbene, a efectos de recomendarle la realización de todas las gestiones que correspondan a efectos de lograr que se deje sin efecto la resolución por la cual se declara al Partido de San Andrés de Giles como zona de caza para la presente temporada.

ARTICULO 3: Remitir copias de esta Comunicación al Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Ares, Dr. Antonio Cafiero, al Señor Ministro de Gobierno, Dr. Carlos Álvarez, y al Señor Subsecretario de Secretario de Seguridad, Tte. Cnel. Pombo.

ARTICULO 4: De forma.

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