COMUNICACION N 30
VISTO:
La inquietud planteada por la Sociedad de Fomento de Azcuénaga en cuanto a contar con una sede; y:
CONSIDERANDO:
Que en la localidad de Azcuénaga se ha-lla la estación de trenes que queda desactivada.-
Que existe la posibilidad de que sea transferida al Municipio en el marco de la ley nac. 24146.-
Que recuperaríamos para el Municipio con ello uno de los edificios pertenecientes al FF.CC. que ha sido declarado lugar histórico por Ordenanza Nro. 83/88.-
Por ello, el H.C.D. aprueba la siguiente:
COMUNICACION
ARTICULO 1: Solicitar al D.E. arbitre los medios necesarios para que sea transferida al Municipio la estación de FF.CC. de la localidad de Azcuénaga.-
ARTICULO 2: De forma.-
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