ORDENANZA Nº 131/89
ARTICULO 1: Autorizase al Sr. Alberto Jorge Laje, a abonar a la Justicia Nacional de Carnes la suma de A 1.540.867, en concepto de deuda total que tiene con esa institución el Matadero y Frigorífico “San Andres”,
ARTICULO 2: El importe establecido en el articulo primero, será descontado en diez (10) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, sin intereses, recargos ni actualizaciones, del canon del Sr. Alberto Jorge Laje debe abonar periódicamente a esta Municipalidad.
ARTICULO 3: Facultase al Departamento Ejecutivo a proceder en consecuencia con lo dispuesto procedentemente y a suscribir cualquier documentación que sea necesario para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4: Notifíquese al Sr. Alberto Jorge Laje, a Contaduría, a Recaudación, Bromatologia, registrese y archivese.
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