ORDENANZA Nº 118/89
ARTICULO 1: Apruébase la construcción de cordón cuneta de la calle Quintana entre Chacabuco e Italia, incluyendo bocacalles y la que se declara de utilidad publica.
ARTICULO 2: El cordón cuneta se realizara bajo las normas establecidas por el Departamento Técnico Municipal.
ARTICULO 3: El costo del cordón cuneta, incluyendo materiales, mano de obra y equipos será soportada por cuenta de frentistas afectados por la obra.
ARTICULO 4: Los trabajos de movimiento de suelo y compactación serán efectuados por la Municipalidad con su maquinaria.
ARTICULO 5: La ejecución de las obras será realizada de acuerdo a la Ordenanza 165.
ARTICULO 6: De forma.
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