COMUNICACIÓN Nº 448
Visto:
La necesidad de implementar medidas que hagan nuestras escuelas más seguras, tanto en la señalización exterior de los distintos establecimientos como en aspectos que hacen a la prevención, organización y ejecución de acciones ante accidentes. Y
Considerando:
Que es imprescindible la existencia de carteles indicadores de los establecimientos educativos.
Que es necesario que los establecimientos cuenten en sus instalaciones con la cartelería necesaria que indiquen los procedimientos a realizar en caso de ser necesaria una evacuación de emergencia, como las instancias de capacitación pertinentes para los distintos integrantes de los mismos.
El Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que les son propias sanciona la siguiente
COMUNICACIÓN
Artículo 1º Solicítase al D.E. dé cumplimiento a la Ordenanza Nº 1129, en la que se dispone a través del área que corresponda proceder a colocar los carteles indicadores con la leyenda “ Despacio Escuela”, “ Velocidad Máxima 20 km/h ”, en los establecimientos educativos de nuestra ciudad.
Artículo 2º Dirigirse a las autoridades educativas correspondientes a fin de alentar en las escuelas, la organización de proyectos que contemplen la capacitación y entrenamiento de alumnos y docentes, en prevención de accidentes, conciencia vial, planes de evacuación entre otros temas, con la participación de las áreas pertinentes del Municipio y entidades de la comunidad.
Artículo 3º De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de noviembre de 2009.-
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