BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

434/09: Cobro medidores de EDEN

COMUNICACIÓN Nº 434

Visto

La presentación de los vecinos planteando la inquietud sobre si corresponde el cobro por el cambio de titularidad de medidores existentes en parcelas con varias unidades funcionales y

Considerando:

Que ante tal solicitud este Honorable Concejo Deliberante realizó la consulta pertinente al Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA), mediante comunicación Nº 432 con fecha 7 de mayo de 2009

Que la misma fue respondida emitiendo criterio al respecto.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente

COMUNICACIÓN

Artículo 1º:Solicítase a EDEN SA. ajustarse a lo dispuesto por el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA), en tanto determina que “si el suministro al cual aspira ser titular un nuevo inquilino es pre-existente o sea cuenta con medidor, el cambio de titularidad es gratuito” en aquellos casos en que se trate de “un suministro nuevo o sea que es necesario la colocación por primera vez del medidor o equipo de medición” entonces “ el inquilino deberá abonar el derecho de conexión”.-

Artículo 2º:Se adjunta copia de la nota del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA).-

Artículo 3º:Remítase copia de la presente comunicación y nota al Departamento Ejecutivo y a los vecinos peticionantes.-

Artículo 4º: De forma
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de julio de 2009.-

No hay comentarios: