DECRETO Nº 344
Visto:
La solicitud presentada por el Concejal Carlos J. Puglelli referida a la renovación de la licencia como miembro de este H.C.D.; y
Considerando:
Que es facultad de este Cuerpo resolver sobre lo peticionado por el Concejal, en el marco del Art. 63, Inc. 6 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:
D E C R E T O
Artículo 1º: Deniegase una nueva licencia al Concejal Carlos J. Puglelli.
Artículo 2º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo, a la Oficina de Personal y al Concejal Carlos J. Puglelli a efectos correspondientes.
Artículo 3º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día once de junio de dos mil ocho.
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