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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

244/08: Cumplimiento de las Ordenanzas Nº 892/03 y 930/04.-

RESOLUCION Nº 244

Visto:

La situación por la que atraviesan algunos adjudicatarios del Barrio El Pinar del Oeste, y;

Considerando:

Que a través de la Ordenanza Nº 892 sancionada por este Cuerpo el día 3 de marzo de 2003 y promulgada por Decreto Nº 1370/03 se ha aprobado la venta directa de los inmuebles ubicados en calle Sarmiento Nº 132 y Francia, Moreno y Piñero de nuestra ciudad a favor de la Asociación Civil El Pinar del Oeste con destino a la ejecución de un plan de viviendas;

Que por Decreto Nº 448 de fecha 10/03/2004 la Asociación Civil El Pinar del Oeste aceptó realizar la obra de construcción de diecinueve (19) viviendas en los inmuebles destinados a tal fin a través del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires con intervención del Municipio de San Andrés de Giles;

Que en el Decreto aludido se enumeran beneficios para los adjudicatarios y para la Municipalidad;

Que de acuerdo a las instrucciones emanadas del IVBA, emergentes de la Resolución Nº 919/92 resultó necesario para dar continuidad al proyecto, dictar la Ordenanza Municipal Nº 930 sancionada el 13 de mayo de 2004 y promulgada por Decreto Nº 466 del mismo año, a fin de “convalidar el listado de adjudicatarios”;

Que el listado completo de adjudicatarios fue aceptado por Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires en el año 2004, no exigiéndoseles a los mismos ninguna condición especial respecto a su situación familiar;

Que en nota de fecha 03/03/2008 proveniente del IVBA se ha descalificado a algunos adjudicatarios por no cumplir con algún requisito desconocido hasta el momento;

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias el H.C.D., aprueba la siguiente:

RESOLUCIÓN

Artículo 1º: Solicítase al D.E. dése cumplimiento a lo dispuesto en las Ordenanzas Nº 892/03 y 930/04 promulgadas mediante los Decretos Nº 1370/03 y 448/04, vigentes a la fecha.

Artículo 2: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria del día 28 de mayo de 2008.-

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