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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2316/21: Modificaciones salariales.

 ORDENANZA N° 2316

Visto:

Lo actuado en el expediente Nº 4101-9730-0-2021, mediante el cual el Departamento Ejecutivo eleva a consideración de este Cuerpo la necesidad de poder incrementar a partir del 1 de enero de 2021 la suma de un veinte por ciento (10%) en los sueldos básicos de agentes dependientes de la Municipalidad; efectuando la consecuente adecuación de los artículos y anexos de la Ordenanza Nº 2312/20 (Decreto 2825/20) que se verían afectados y

Considerando:

Que mediante Ordenanza Nro. 2312/20 (promulgada por Decreto 2825/20) el H.C.D. aprueba el Cálculo de Recursos y Presupuestos de Gastos para el ejercicio 2021 aprobando el detalle de Recursos Humanos por Categoría Programática y cargo y el de Categorías, Módulos y Clases que como anexos III y IV forman parte integrante de la misma.

Que se torna necesario realizar las adecuaciones correspondientes a la normativa vigente y registrar tales modificaciones al Presupuesto de Gastos - Ejercicio 2021.

Por lo expresado, el H. Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: Increméntanse a partir del 1 de enero de 2021 en un diez por ciento (10 %) los salarios básicos de los agentes que revisten desde la categoría 2 a categoría 24 inclusive, modificase el detalle de categorías, módulos y clases -anexo IV- aprobado por el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 2312/20 (Decreto 2825/20) y apruébase el nuevo anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º: Adecuánse las remuneraciones establecidas en los Artículos 6º, 7º y 10º de la ordenanza Nº 2312/20 (Decreto 2825/20) en función de lo artículos precedentemente mencionados.

Artículo 3º: De forma.

Dada en Sesión Extraordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 12 de enero de 2021.-

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