BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

25/21: Señalizar mediante espejos convexos.

ORDENANZA N° 25/21

Visto:

El importante crecimiento del parque automotor en nuestra ciudad; y

Considerando:            

Que algunas calles de la ciudad no están preparadas para el gran tráfico vehicular que la ciudad hoy tiene producto del crecimiento de la población en los últimos años y por ende el incremento del parque automotor.

Que la señalización en la vía pública es un paso importante para que quienes manejan vehículos otorguen la debida prioridad, así como también tomen la prudencia necesaria para evitar accidentes y lograr un mejor ordenamiento del tránsito.            

Que existe en la actualidad los denominados espejos parabólicos convexos para señalizar cruces peligrosos y prevenir accidentes automovilísticos

Que el Municipio debe coordinar políticas tendientes a contrarrestar y disminuir los índices de siniestralidad en la zona urbana 

Que la señalización en la vía pública es un paso importante para que quienes manejan vehículos otorguen la debida prioridad, así como también tomen la prudencia necesaria para evitar accidentes y lograr un mejor ordenamiento del tránsito.            

Que esta clase de espejos parabólicos cuestan un 10% del valor de  un semáforo convencional, por lo cual es una solución viable y más económica que un sistema de semaforización, permitiendo tener una mejor visibilidad en las intersecciones de las arterias peligrosas.

Que con la implementación de los mismos estaremos beneficiando tanto al peatón como al conductor, que antes de efectuar un cruce podrá visualizar su entorno identificando posibles peligros para decidir la mejor alternativa y evitar una situación de riesgo.

Por ello el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:                                                   

ORDENANZA

Artículo 1º: Instrúyase al Poder Ejecutivo Municipal a realizar la “SEÑALIZACIÓN MEDIANTE ESPEJOS PARABOLICOS CONVEXOS EN ZONAS RIESGOSAS DE LA CIUDAD”.

Artículo 2º: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el área correspondiente, la colocación de espejos parabólicos convexos en intersecciones de la ciudad donde se registren un alto índice de siniestralidad y de mayor afluencia del tránsito vehicular.

Artículo 3°: Para la determinación de las ubicaciones de dichos espejos, se tendrá en cuenta, entre otras cuestiones, los pedidos y/o reclamos de vecinos de distintos barrios de la ciudad ya realizados.

Artículo 4°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a la afectación de la partida presupuestaria que corresponda a fin de dar cumplimiento a la presente ordenanza.

Artículo 5°: De forma. 

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 22 de abril de 2021.-            

4/21: Solicitar reparación y mantenimiento de la colectora norte (Cucullu)

COMUNICACIÓN N° 4/21

VISTO:                 

El estado actual de la colectora Norte entre Av. Lucas Scully y acceso 9 de julio de la localidad de Cucullú; y

CONSIDERANDO:

Que en la actualidad se encuentra sin mantenimiento por parte de la concesionaria vial;

Que el tránsito por esa arteria cada vez es mayor, ya sea de motos, ciclomotores, vehículos pesados y livianos;

Que es una arteria de ingreso y egreso a la localidad de Cucullú y que une esa localidad con la ciudad cabecera del partido; 

Que en la zona se encuentran varios comercios, así como también el ingreso a barrios lo que incrementa la circulación del lugar;

Que la falta de abovedado hace que no drene el agua de lluvia generando pantanos, y pozos, haciendo que la colectora sea intransitable;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:

COMUNICACIÓN

Artículo 1º: Solicitar a la empresa Vial Andes 7 SAU, concesionaria vial de la Ruta Nacional N° 7, repare y mantenga en buen estado de conservación la colectora Norte entre Av. Lucas Scully y Acceso 9 de julio de la localidad de Cucullú de la ciudad de San Andrés de Giles.

Artículo 2º: Envíese copia de la presente a Vialidad Nacional.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 22 de abril de 2021.- 

3/21: Promoción poda responsable - año 2021

 COMUNICACIÓN N° 3/21

Visto:

La necesidad de articular y profundizar acciones en torno del cuidado del arbolado público del Partido de San Andrés de Giles como recurso indispensable que contribuye a la calidad del ambiente, y

Considerando:

Que es necesario generar en la población la cultura del árbol, valorando sus beneficios sobre la calidad de vida.

Que conforme fuera establecido en la Ordenanza N°1635, es esencial reconocer en el arbolado público un patrimonio natural y cultural.

Que el Área de Medio Ambiente, viene trabajando en la reposición de especies y forestación de espacios públicos.

Que muchos vecinos muestran una actitud responsable en el cuidado del arbolado realizando las tareas de preservación con podas imprescindibles y cuidadosas.

Que también se puede observar en las calles de nuestra ciudad la necesidad de realizar poda de los árboles con la finalidad de conservación y el buen desarrollo de los ejemplares.

Que en años anteriores se ha podido observar mutilaciones en las copas de los árboles que en lugar de ser acciones de preservación y cuidado se transforman en dañosas y destructivas.

Que es necesario reactivar el Registro Permanente de Forestadores, Podadores y Control de plagas vegetales de San Andrés de Giles creado por Ordenanza 1635. Lo que permitirá el control de la poda, desgaje y extracción de árboles de la vía pública con el objetivo de proteger e incrementar el arbolado urbano existente.

Que la capacitación y formación a las personas que trabajan como podadores o jardineros es una herramienta nodal para el cuidado de nuestro patrimonio forestal, como así también se transforme en un instrumento de oportunidad laboral.

Que si el ambiente es responsabilidad de todos, le cabe al Municipio el diseño y la implementación de políticas públicas que ordenen, que controlen y que protejan el entorno que es, ni más ni menos que nuestro hogar y en el cumplen una función esencial los árboles y de ahí l importancia de su cuidado.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente: 

COMUNICACIÓN

Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo promueva la poda responsable realizando una amplia campaña de difusión en los distintos medios de comunicación locales, teniendo como objetivo la concientización y sensibilización en pos del cuidado del arbolado público.

Artículo 2°: Instar a la apertura del Registro Permanente de Forestadores, Podadores y Control de Plagas vegetales de San Andrés de Giles, en el que deberán obligatoriamente inscribirse las personas físicas o jurídicas que se dediquen a dichas tareas en relación al arbolado urbano.

Artículo 3°: Solicitar la realización de cursos de capacitación como herramienta de protección del arbolado urbano, fortaleciendo la conciencia ambiental y generar mayores oportunidades laborales a quienes trabajen como podadores y jardineros.

Artículo 4°: De forma.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 22 de abril de 2021.- 

2/21: Informar sobre Chacras s.a.

COMUNICACIÓN N° 2/21

Visto:            

La nota presentada por los vecinos de la localidad de Villa Ruiz con fecha 5 de marzo del corriente, y

Considerando:                        

Que desde la Comisión de Planeamiento, Obras, Servicios Públicos, Seguridad y Tránsito, se abordó la problemática denunciada solicitando información sobre las actuaciones realizadas al Departamento Ejecutivo.                        


Que a través de una pronta respuesta de fecha 23 de marzo el Departamento Ejecutivo nos puso en conocimiento de las acciones abordadas en el marco de su competencia acompañando un informe de la señora Directora de Planeamiento y Obras Particulares, también informaron las clausuras dispuestas con fecha 27/02/2021 acompañando actas de comprobación 18.383, 18.719 y 18.393 confeccionadas por la Dirección de Inspección  General y Protección Ciudadana, y Acta N° A0009 labrada por el área de Medio Ambiente del Municipio. En el mismo informe se comunica que se ha realizado una denuncia ante la Autoridad del Agua Provincial (ADA) con fecha 24/02/2021 que tramita ante expediente N° 2021-05623736-GDEBA-DGAADA, así como una denuncia ambiental ante el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), que tramita bajo el número 63827.                        


Que en base al informe realizado se decidió convocar a reunión al Juez de Faltas Municipal, Dr. Laureano Martín, con quien se mantuvo un encuentro con fecha 6 de abril del corriente. A través de la misma se nos informó que se dispuso el mantenimiento de la clausura hasta tanto la firma Chacras San Andrés S.A. presente  las autorizaciones y permisos correspondientes.                        


Que por unanimidad de los integrantes de la Comisión se ha decidido solicitar información con relación al avance de los expedientes que tramitan bajo la órbita de los organismos provinciales ADA y OPDS para tener un conocimiento cabal de la situación de irregularidad denunciada por los vecinos.

                 

Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que les propias, aprueba la siguiente:

 

COMUNICACIÓN


Artículo 1°: Solicitar a la Autoridad del Agua Provincial remita a este Cuerpo información acerca de lo actuado hasta el momento en el marco del expediente N° 2021-05623736-GDEBA-DGAADA.

Artículo 2°: Solicitar al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) remita a este Cuerpo información acerca de lo actuado hasta el momento en el marco del expediente N° 63827.

Artículo 3°: De forma.


Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 22 de abril de 2021.- 

1/21: Requerir información al Deparamento Ejecutivo (Estado ambulancia SAME)

COMUNICACIÓN N° 1/21

Visto:            

El estado actual de la ambulancia del SAME dominio AA 582 YY que se encuentra en la playa de estacionamiento del centro museográfico sito en calle 25 de Mayo y Mitre; y


Considerando:                        

Que la ambulancia mencionada está en total estado de deterioro y abandono;                        

Que la unidad no presta el servicio correspondiente desde hace más de 9 meses;                        

Que el vehículo cuenta con un equipo para cubrir emergencias para los ciudadanos de nuestra ciudad o aquellos que sufren accidentes de nuestro partido;                        

Que la ambulancia es un bien municipal y está dentro de la flota de vehículos del Hospital Municipal, por lo que es sumamente importante para todos los vecinos que se encuentre en perfectas condiciones de funcionamiento para cumplir la función para la cual fue entregada oportunamente;                        

Por ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:

COMUNICACIÓN

Artículo 1°: Requerir al Departamento Ejecutivo informe a este Cuerpo las causas que provocaron el actual estado de deterioro de la ambulancia de referencia.

Artículo 2°: Solicítase al Departamento Ejecutivo informe el tiempo estimado de reparación y si la misma es posible.

Artículo 3°: Encomendar al Departamento Ejecutivo arbitre los medios necesarios tendientes a que la unidad esté en funcionamiento a la brevedad posible, y disponible para atender las emergencias médicas necesarias.

Artículo 4°: De forma.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 11 de marzo de 2021.- 

24/21: Estacionamiento de motos y ciclomotores.

ORDENANZA N° 24/21

Visto: 

La necesidad de lograr un ordenamiento en la ubicación, estacionamiento de motos y  motocicletas en la ciudad de San Andrés  de  Giles  teniendo en  cuenta que este tipo de vehículos no solo ha crecido considerablemente , sino también que se ha convertido en una herramienta de trabajo; y

Considerando:                                

Que el  número de vecinos de nuestra ciudad que se trasladan en motos y ciclomotores aumenta en forma exponencial;                               

Que no  se  cuenta  con  espacios  suficientes reservados para el  estacionamiento de los vehículos mencionados que ofrezcan  seguridad a quienes las conducen y a quienes se desplazan en la vía pública;                                

Que    resulta   necesario   demarcar   un   espacio   reservado  al estacionamiento de motos y ciclomotores en las inmediaciones del Hospital Municipal San Andrés;                                 

Que a propuesta de este HCD el Departamento Ejecutivo arbitrará los   medios  para  localizar  el  estacionamiento  de  motos  y  ciclomotores   sobre  la calzada,  en  forma  contigua   a   la  de  los  automóviles   con   el   fin  de  ordenar   el estacionamiento vehicular en general  y  a la vez  jerarquizar los espacios destinados a la circulación de peatones; 

Por ello el HCD  en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente.                                                               

ORDENANZA

Artículo 1°:      Autorizase al D.E. para que realice la demarcación y señalización  de espacios reservados para el estacionamiento de motos y ciclomotores establecidos

en la ciudad de San Andrés de Giles que se detallan en el artículo 2° de la presente norma.

Artículo 2° :  Se establece como lugares reservados para el estacionamiento los siguientes:

a) Calle Rivadavia en intersección con calle Urquiza sobre numeración par desde la línea  habilitante  de  estacionamiento  cinco metros de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Rawson.

b)  Calle  Rivadavia  en  intersección  con  calle  Quintana  sobre  numeración  par desde  la  línea  habilitante  de estacionamiento cinco metros de largo  por dos metros de ancho en dirección  hacia  calle Urquiza.

c) Calle Rivadavia  en intersección con calle Carlos  Pellegrini  sobre  numeración par desde la línea habilitante de estacionamiento cinco metros de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Quintana.

d) Calle Rivadavia en intersección con la calle Alsina sobre numeración par desde la línea habilitante de estacionamiento cinco metros de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Carlos Pellegrini.

e) Calle Rivadavia en intersección  con la calle  Avellaneda  sobre numeración par desde la línea habilitante de  estacionamiento  cinco metros de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Carlos Pellegrini .f)       Calle Rivadavia en  intersección  con  la calle  Belgrano  sobre  numeración par desde la línea habilitante  de  estacionamiento  cinco  metros  de largo por  dos metros de ancho en dirección hacia calle Mitre. 

g) Calle Rivadavia  en  intersección  con  la  calle Saavedra sobre numeración par desde la línea habilitante   de  estacionamiento  cinco  metros  de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Sarmiento.

h) Calle Rivadavia en  intersección  con  la  calle  Hidalgo  sobre  numeración  par  desde  la  línea habilitante  de  estacionamiento  cinco  metros de largo por dos metros de ancho en dirección  hacia calle Saavedra.

i) Calle Hidalgo en intersección  con la calle 25 de Mayo sobre numeración impar desde la línea  habilitante  de  estacionamiento  cinco  metros de largo por dos metros de ancho en dirección a calle Maipú (supermercado Romeo) .

j)  Calle Moreno entre las  calles 25 de Mayo y  Rivadavia sobre numeración par a Mitad  de  cuadra  finalizando  Jardín  de Infantes Ntra. Señora de Luján cinco metros de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Rivadavia.

k)  Calle  Belgrano  en  intersección  con calle 25 de Mayo sobre numeración impar desde  la  línea  habilitante  de  estacionamiento  cinco metros de largo por dos metros de ancho  en dirección hacia calle Rivadavia. 


l)  Calle Mitre en intersección con calle 25 de Mayo sobre  numeración  par  desde la línea  habilitante de  estacionamiento  cinco metros  de  largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Maipú.

m)  En calle 25 de Mayo en intersección  con la calle Avellaneda sobre numeración impar desde la línea habilitante  de  estacionamiento  cinco metros de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Mitre

n)   En calle 25 de  Mayo  en  intersección  con  la  calle  Alsina  sobre  numeración impar desde  la  línea habilitante  de estacionamiento cinco metros de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Avellaneda.

o)  En  calle  25  de  Mayo  en  intersección  con  la  calle  Carlos  Pellegrini  sobre numeración impar  desde  la línea habilitante de estacionamiento cinco metros de largo por dos metros de ancho hacia calle Alsina.

p) Calle Belgrano en  intersección con la  calle  San Martín sobre numeración par desde la línea habilitante de estacionamiento  cinco  metros  de  largo  por dos metros de ancho en dirección hacia calle 9 de Julio.

q)  Calle Quintana entre las calle Rivadavia y San Martín sobre numeración par a mitad de cuadra cinco metros de largo por dos metros de ancho.

r)  Calle Alsina  en intersección con  la calle  9 de Julio  sobre  numeración  impar  desde la línea   habilitante  de  estacionamiento  cinco metros de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Bernardo de Irigoyen. (Anses).

s)   Calle Rivadavia entre las calles Moreno y Sarmiento y Sarmiento sobre numeración par desde donde finalizada la línea demarcatoria de prohibido estacionar de la intersección de las calles Rivadavia y Moreno.

t)   Av. Malvinas Argentinas sobre numeración par desde la línea habilitante de estacionamiento, cinco metros de largo por dos metros de ancho  hacia calle Colonos Irlandeses.

u)   Av. Malvinas Argentinas sobre numeración impar desde la línea habilitante de estacionamiento, cinco metros de largo por dos metros de ancho hacia calle Colonos Irlandeses.

Artículo 3°: El   Departamento Ejecutivo  realizará  un  corralito  en los sectores mencionados, conjuntamente con la siguiente leyenda: ”Estacionamiento  exclusivo y obligatorio , motos y ciclomotores  Ord Nº “ sobre los espacios destinados  en  todo el trayecto de la calle Rivadavia.  “Estacionamiento exclusivo motos y ciclomotores. Ord. Nº, en el resto de los espacios cedidos.

Artículo 4°:  Procédase   a   la   señalización,  demarcación   y   delimitación correspondiente colocando la señalética, deberá además estar pintando el  cordón y en la calzada la marcación  a 45º  en el  sentido  de  circulación  para  su estacionamiento.

Artículo 5°: Autorízase al D.E. a  efectuar un corrimiento de  un  metro  de ancho por diez metros de largo en la acera del Hospital Municipal San  Andrés  con  el  fin de establecer un espacio destinado al estacionamiento de motos y ciclomotores.

Artículo 6°: Autorizase  al  Departamento Ejecutivo  a  efectuar  las  adecuaciones  presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a lo normado.

Artículo 7°: De forma. 

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 22 de abril de 2021.- 

4/21: Reconocimiento a la deportista Paloma Solana García.

 RESOLUCIÓN Nº 4/21

 VISTO:

La notable labor de la deportista local Paloma Solana García en el campeonato Nacional de Atletismo de mayores, desarrollado en Concepción del Uruguay;

CONSIDERANDO:            

Que los atletas de la Escuela Municipal de Atletismo, Paloma Solana García, Agustín Jerez y Agustín Cané, participaron en el Campeonato Nacional de Atletismo para mayores que se llevó a cabo en la ciudad de Concepción del Uruguay.             

Que Paloma Solana García fue la vencedora del heptathlon con 3.457 puntos consagrándose campeona argentina. Que para la obtención del título participó en siete tipos de pruebas: 200 metros y 800 metros libres, 100 metros vallas, salto en largo y alto, lanzamiento de bala y de jabalina.            

Que aparte de destacarse como atleta también pudo terminar sus estudios superiores obteniendo el título de Profesora de Educación Física.-            

Que la rigurosidad del entrenamiento para una competencia como la recientemente obtenida forman a la joven no solo en lo físico, sino también en lo moral y lo ético, dando una concepción de integridad a los valores mencionados.             

Que más allá de los reconocimientos obtenidos por su labor y trayectoria, creemos que debemos constantemente actualizar nuestra valoración de los deportistas locales, poniendo en consideración todos los logros conseguidos, máxime cuando son de tal envergadura.-            

Que es fundamental que niños, niñas y jóvenes continúen acercándose al deporte ya que contribuye a adoptar hábitos saludables y al mismo tiempo formarse como personas, incorporando normas de convivencia y competitividad,            

Que consideramos de gran importancia que el Estado Municipal siga apoyando y fomentando el deporte como lo viene haciendo, en este caso el atletismo, para que los deportistas amateurs se entrenen, compitan y se capaciten para obtener logros personales o en conjunto, como forma de impulsar distintos ámbitos de educación, competitividad, normas de buena conducta social y desarrollo deportivo. 

Por ello el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente

RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- Expresar el reconocimiento a la atleta local Paloma Solana García por su dedicación, formación, perseverancia, responsabilidad, esmero y destacada labor en el ámbito deportivo, en especial por consagrarse campeona nacional del Heptathlon en el Campeonato Nacional de Mayores, y ser designada como representante para el torneo Sudamericano de atletismo. 

Artículo 2º.- Entregar copia de la presente con sus fundamentos y un diploma a Paloma Solana García en un acto convocado al efecto a realizarse en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante.- 

Artículo 3º.- De forma.- 

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 8 de abril de 2021.- 

3/21: Reconocimiento a servidores públicos.

 RESOLUCIÓN Nº 3/21

VISTO: 

La caracterización del COVID-19 como una pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y frente a ello el trabajo mancomunado de los distintos sectores de nuestra ciudad para salir adelante, y;

CONSIDERANDO:  

Que las y los trabajadores de la salud son un eslabón fundamental en la lucha contra el Covid-19, poniendo en riesgo su vida de manera constante a fin de prevenir contagios, evitar su propagación y promover la recuperación de las y los pacientes que presentan la patología.

Que gran parte del personal municipal de las distintas áreas vio reconfigurada su tarea, adaptándose a las necesidades particulares surgidas a partir de la pandemia y la implementación de protocolos específicos.  

Que tanto las fuerzas de seguridad como los bomberos fueron requeridos de manera permanente para operativos concretos, disponiéndose de manera generosa al servicio de la comunidad.  

Que las y los docentes, el personal auxiliar de las instituciones educativas, así como también las autoridades de estos establecimientos y quienes desempeñan distintas tareas en el Consejo Escolar debieron transformar su tarea cotidiana, generando nuevos modos de intervención que además de promover contenidos curriculares, les permitan tener contacto con sus estudiantes y sus familias.  

Que las organizaciones sociales, comedores barriales, iglesias y templos también transformaron su funcionamiento en un trabajo articulado con los distintos organismos del Estado, pudiendo acompañar y contener a distintos sectores de la comunidad.  

Que en nuestra ciudad, como en muchos lugares del mundo, hubo cientos de casos confirmados, miles de personas aisladas y decenas de internaciones, y a pesar de ello el trabajo conjunto de los y las aludidas hizo que la situación pudiera sobrellevarse.  

Que la pandemia nos enseñó que todos los eslabones de la comunidad son necesarios e importantes y que las responsabilidades individuales adquieren un mayor sentido en el marco de un compromiso colectivo.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                  RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: Reconocer por su compromiso, vocación de servicio y dedicación, puesta en servicio en el marco de la pandemia a las y los trabajadores de la salud, agentes municipales, fuerzas de seguridad y bomberos, docentes, auxiliares, autoridades educativas y personal del consejo escolar, integrantes de organizaciones sociales, comedores barriales e iglesias.

ARTÍCULO 2°:  El reconocimiento se hace extensivo de manera simbólica a todas las personas que de manera anónima colaboraron y colaboran con personas aisladas, enfermas o bien adultos mayores que evitan salir de sus casas.

ARTÍCULO 3°: De forma

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 8 de abril de 2021.- 

2/21: Beneplácito y adhesión a la convocatoria "Plantar Memoria"

RESOLUCIÓN Nº 2/21 

VISTO

La conmemoración, el próximo 24 de marzo, de los 45 años del golpe cívico – militar que dio inicio al terrorismo de estado y, la convocatoria de los organismos de Derechos Humanos a la propuesta "Plantamos Memoria" a la que se suma la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires con la propuesta “A 45 Años del Golpe Plantamos Memoria con Raíces Bonaerenses”.

CONSIDERANDO:  

Que desde la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires a través del Consejo Provincial de Derechos Humanos se suma a la propuesta de los organismos de Derechos Humanos denominada “Plantamos Memoria” en el marco de las actividades conmemorativas del “Día Nacional de la Memoria, por la Verdad y la Justicia”;

Que la idea de la Subsecretaría queda plasmada en la convocatoria “A 45 Años del Golpe Plantamos Memoria con Raíces Bonaerenses”, para que la necesidad de evitar la concentración de gente en el contexto de la pandemia, no afecte la continuidad de la reflexión y conmemoración colectiva de un nuevo aniversario del comienzo del terrorismo de Estado, los delitos de lesa humanidad, su contexto y objetivos  y la  memoria de la lucha que vienen encabezando los organismos desde que se iniciaron las denuncias;

Que con este objetivo se invita a los distritos de la Provincia de Buenos Aires a llevar adelante una jornada de MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA plantando un árbol nativo de nuestra zona en lugares emblemáticos (plazas, sitios de la memoria, etc.);

Que no abandonamos la lucha histórica de los Organismos de Derechos Humanos por la búsqueda de la Verdad, la Memoria y la Justicia;

Que como representantes del pueblo debemos visibilizar estas políticas para que NUNCA MÁS en nuestro país vivamos el horror de la tortura, la muerte, la desaparición de personas, la apropiación de bebés y el exilio forzado de tantos y tantas hermanas y hermanos de nuestra patria;

Que nuestro país es un ejemplo a nivel internacional, habiendo condenado a genocidas haciéndolos cumplir su condena en cárcel común;

Que en los tiempos que corren de incendios, deforestación y cambio climático esta propuesta articula tanto políticas de Memoria como de Ambiente, enlazando así nuestra lucha inclaudicable por no repetir el pasado y nuestro compromiso por construir un mejor futuro

Por lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones aprueba la presente

RESOLUCIÓN

Artículo 1°: Expresar beneplácito y adhesión de este HCD a la convocatoria Plantar Memoria en el marco del programa provincial de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, denominado "A 45 años del Golpe, Plantamos Memoria con Raíces Bonaerenses."

Artículo  : De forma.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 25 de marzo de 2021.-

1/21: Beneplácito al proyecto de modificación de la ley impuesto a las ganancias.

 RESOLUCIÓN Nº 1/21

 VISTO:

El proyecto de Ley presentado par el presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, Diputado Dr. Sergio Massa, el cual propone la sustitución de diversos artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias, reduciendo el monto mínimo imponible y las deducciones especiales que se realizan actualmente a los trabajadores, y;

CONSIDERANDO:

Que, teniendo especial consideración en cuanto al enorme esfuerzo que llevan adelante el Gobierno y los ciudadanos para paliar la situación económica que atraviesa el país, producto de la pandemia.

Que, el Gobierno lanza diversas medidas tendientes a acompañar el proceso de recuperación productiva y salarial, coma ser el ATP, IFE, prorroga de vencimiento de alquileres y desalojos, congelamiento de los créditos UVA, entre otras.

Que, a través de dicha iniciativa, se propone que el Impuesto a las Ganancias sea pagado solamente por quienes perciben salarios mayores a 150 mil pesos mensuales, y jubilaciones que superen los ocho haberes mínimos, es decir a 152.280 pesos.

Que por efecto de la aplicación de este nuevo "piso", dejarían de pagar el impuesto 1.267.000 trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas, es decir el 63,4% de los contribuyentes actualmente alcanzados por el mismo.

Que de manera complementaria, 102.741 trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas con remuneraciones de entre 150.000 y 173.000 pesos de ingresos, gozarán de un incremento adicional de sus deducciones para evitar "saltos" bruscos en la escala del impuesto.

Que en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires dejarían de pagar dicho tributo el 67% de los trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas, y en algunas provincias el beneficio alcanzará al 80% de los actuales contribuyentes.

Que, el dinero que no sea descontado y tendrán en sus haberes lo trabajadores y jubilados se volcara sustancialmente a las economías locales, logrando una reactivación del comercio y la industrial y, para consiguiente, puestos de trabajo.

Que el aludido proyecto va en línea con las políticas del Gobierno Nacional para dar sostenibilidad al poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas, con el fin de potenciar la demanda y fortalecer a nuestro mercado interno.

Que la concreción de esta propuesta viene a configurar un esquema tributario altamente progresivo, y el esfuerzo fiscal de unos 40.000 millones de pesos anuales permitirá generar una política virtuosa, que permitirá fortalecer la economía nacional.

Que, el Frente de Todos con clara convicción y compromiso, considera como una de sus máximas prioridades el fortalecimiento de la clase media y trabajadora, a partir de lo cual el presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, Diputado Dr. Sergio Massa presentó el mencionado Proyecto de modificación de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, sanciona la siguiente:

RESOLUCION

Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles expresa su beneplácito por el Proyecto de Modificación de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado 2019), presentado por el Diputado Nacional Sergio Massa a través del Expediente 6960-D-2020.

Artículo 2°: Remítase copia de la presente Resolución a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación pare su conocimiento.

Artículo 3°: De forma.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 11 de marzo de 2021.-

23/21: Declarar al año 2021 Año del Bicentenario del fallecimiento del Gral Güemes.

 ORDENANZA N° 23/21

VISTO:  

La necesidad de Conmemorar en el año 2021, los doscientos treinta y seis (236) años desde el nacimiento de Don Martín Miguel de Güemes y doscientos (200) años de su paso a la Inmortalidad, y;

CONSIDERANDO:

Que su destacada actuación pública, como militar y político argentino en la Guerra de la Independencia, sus seis años como Gobernador de Salta, y su muerte como General en Jefe del Ejército de Observación sobre el Perú ponen de relieve la importancia de don Martín Miguel de Güemes, para la Nación Argentina.

Que la conocida Guerra Gaucha que libró el General, (una serie de enfrentamientos casi diarios, apenas cortos tiroteos seguidos de retiradas, con muy escasos recursos), sirvieron para detener seis invasiones del ejército español, conservando así el resto del actual territorio argentino libre de invasores realistas.

Que por su probada honradez y sacrificio personal en pos de las necesidades de la Patria, fue reconocido como el protector de los pobres y el más decidido partidario de la revolución, mereció el respeto y admiración de San Martín y Belgrano, pero fundamentalmente de sus gauchos a tal punto, que sus hombres se hubieran hecho matar por él.

Que al ser ascendido a teniente coronel y enviado al norte, para incorporarse a las divisiones de caballería del Ejército del Norte, San Martín, le encomendó el mando de la avanzada del río Pasaje o río Juramento, donde en sus márgenes el General Belgrano había hecho jurar obediencia al gobierno de Buenos Aires, la Asamblea del Año XIII y a la Bandera Nacional.

Que como General en Jefe del Ejército de Observación sobre el Perú, designado por el Libertador General José de San Martín, fue el único General muerto por balas realistas en acción de guerra. Que dado el reconocimiento general que su figura despierta en la ciudadanía, resulta valioso recordarlo una vez más como un factor que pueda contribuir a consolidar la unidad nacional.

Que resulta importante que todos recordemos su actuación pública, militar y política, su obra; de la que surgen las firmes convicciones patrióticas, del General Martín Miguel de Güemes; 

Que la presente ordenanza, solo persigue el propósito de evocar, analizar y actualizar el legado de la gesta del General Martín Miguel de Güemes y de los patriotas que, junto con él, pelearon por la independencia y la grandeza de la Nación Argentina.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente  

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Declárese el año 2021 como Año del BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GUEMES, atento conmemorarse el bicentenario de su paso a la inmortalidad.

ARTICULO 2°: Dispóngase que durante el año 2021  la documentación oficial municipal llevará la leyenda “2021 – Año del bicentenario del fallecimiento del General Martín Miguel de Güemes”

ARTICULO 3°: Propíciense y establézcanse acuerdos con instituciones educativas y organizaciones de la sociedad civil para el desarrollo de actividades conjuntas, promocionando actividades, conferencias y programas que promuevan la difusión de la historia del Gral. Martín Miguel de Güemes y su legado durante todo el año 2021.

ARTICULO 4°: De forma.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 8 de abril de 2021.-