ORDENANZA N° 2315
Visto:
La presentación formulada con fecha 10 de noviembre del año en curso por el señor Presidente de la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Andrés de Giles, dando origen a la formación del expediente administrativo Municipal Nº 4101-9552-0-2020;y
Considerando:
Que plantea en su presentación el nombrado, la posibilidad de acordar con el Departamento Ejecutivo la celebración de un Convenio Marco de Colaboración y Capacitación entre la Municipalidad y nuestra Asociación destinado a facilitar entre otros aspectos e intereses comunes una agenda de trabajo en conjunto , a través de la elaboración y ejecución de programas, proyectos u otras modalidades de cooperación y asistencia , como así también la capacitación de los agentes del Cuerpo de Bomberos y la utilización de los medios disponibles para alcanzar los objetivos que tanto la Municipalidad como la Asociación persigue : El bien Común y la seguridad de los vecinos.
Que, asimismo y en dicho contexto y comprendido en el mencionado convenio marco, la Institución Bomberil local, propone celebrar un convenio específico cuya finalidad sea establecer un vínculo en materia de colaboración entre las Partes, (Municipalidad y Bomberos) y donde ambas partes asuman el compromiso de planificar y ejecutar procesos de capacitación para el personal que integra el cuerpo activo de Bomberos Voluntarios de San Andrés de Giles y/o cualquier otra área que sea de interés de la Municipalidad.-
Que en oportunidad de formalizar la mencionada presentación, el señor Presidente de la Asociación de Bomberos Voluntarios, acompañó modelo tentativo del convenio marco a suscribir y del convenio específico de colaboración y capacitación.
Que se cuenta con los dictámenes favorables de los funcionarios que han intervenido en las actuaciones, señora Coordinadora de Medio Ambiente, Contaduría Municipal y Asesoría Legal Municipal;
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante, disponer la Homologación de ambos Convenios celebrados;
Por todo lo expresado el Honorable Concejo Deliberante, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Homologar el Convenio marco de colaboración y capacitación suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, y la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Andrés de Giles, con fecha 24 de noviembre del año en curso, que como Anexo I, se agrega y forma parte de la presente cuyo objeto es facilitar entre otros aspectos e intereses comunes, una agenda de trabajo en conjunto, a través de la elaboración y ejecución de programas, proyectos u otras modalidades de cooperación y asistencia , como así también la capacitación de los agentes del Cuerpo de Bomberos y la utilización de los medios disponibles para alcanzar los objetivos que tanto la Municipalidad como la Asociación persigue : El bien Común y la seguridad de los vecinos.
ARTICULO 2º: Homologar el Convenio específico de colaboración y capacitación suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, y la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Andrés de Giles, con fecha 25 de noviembre del año en curso, que como Anexo II, se agrega y forma parte de la presente ordenanza ; cuyo objeto es planificar y ejecutar procesos de capacitación para el personal que integra el Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios y cualquier otra área que resulte de interés de la Municipalidad,
ARTICULO 3º: Registrar. Comunicar a las áreas pertinentes, en virtud de la naturaleza de la presente norma, publicar y archivar.
Dada en Sesión Extraordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 23 de diciembre de 2020.-
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