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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2315/20: Convenio con la Asociación de Bomberos Voluntarios.

ORDENANZA N° 2315

Visto:

La presentación formulada con fecha 10 de noviembre del año en curso por el señor Presidente de la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Andrés de Giles, dando origen a la formación del expediente administrativo Municipal Nº 4101-9552-0-2020;y

Considerando:

Que plantea en su presentación el nombrado, la posibilidad de acordar con el Departamento Ejecutivo la celebración de un Convenio Marco de Colaboración y Capacitación entre la Municipalidad y nuestra Asociación destinado a facilitar entre otros aspectos e intereses comunes una agenda de trabajo en conjunto , a través de la elaboración y ejecución de programas, proyectos u otras modalidades de cooperación y asistencia , como así también la capacitación de los agentes del Cuerpo de Bomberos y la utilización de los medios disponibles para alcanzar los objetivos que tanto la Municipalidad como la Asociación persigue : El bien Común y la seguridad de los vecinos.

Que, asimismo y en dicho contexto y comprendido en el mencionado convenio marco, la Institución Bomberil local, propone celebrar un convenio específico cuya finalidad sea establecer un vínculo en materia de colaboración entre las Partes, (Municipalidad y Bomberos) y donde ambas partes asuman el compromiso de planificar y ejecutar procesos de capacitación para el personal que integra el cuerpo activo de Bomberos Voluntarios de San Andrés de Giles y/o cualquier otra área que sea de interés de la Municipalidad.-

Que en oportunidad de formalizar la mencionada presentación, el señor Presidente de la Asociación de Bomberos Voluntarios, acompañó modelo tentativo del convenio marco a suscribir y del convenio específico de colaboración y capacitación.

Que se cuenta con los dictámenes favorables de los funcionarios que han intervenido en las actuaciones, señora Coordinadora de Medio Ambiente, Contaduría Municipal y Asesoría Legal Municipal;

Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante, disponer la Homologación de ambos Convenios celebrados;

Por todo lo expresado el Honorable Concejo Deliberante, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Homologar el Convenio marco de colaboración y capacitación suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, y la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Andrés de Giles, con fecha 24 de noviembre del año en curso, que como Anexo I, se agrega y forma parte de la presente cuyo objeto es facilitar entre otros aspectos e intereses comunes, una agenda de trabajo en conjunto, a través de la elaboración y ejecución de programas, proyectos u otras modalidades de cooperación y asistencia , como así también la capacitación de los agentes del Cuerpo de Bomberos y la utilización de los medios disponibles para alcanzar los objetivos que tanto la Municipalidad como la Asociación persigue : El bien Común y la seguridad de los vecinos.

ARTICULO 2º: Homologar el Convenio específico de colaboración y capacitación suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, y la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Andrés de Giles, con fecha 25 de noviembre del año en curso, que como Anexo II, se agrega y forma parte de la presente ordenanza ; cuyo objeto es planificar y ejecutar procesos de capacitación para el personal que integra el Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios y cualquier otra área que resulte de interés de la Municipalidad,

ARTICULO 3º: Registrar. Comunicar a las áreas pertinentes, en virtud de la naturaleza de la presente norma, publicar y archivar.

Dada en Sesión Extraordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 23 de diciembre de 2020.-


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