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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2314/20: Renovación del alquiler de la Casa del Estudiante.

ORDENANZA N° 2314

Visto:

El Expediente Nº 4101-9663/20, por el cual se tramita la renovación del

arrendamiento de un inmueble propiedad del Sr. Julio César Frutos, ubicado en la ciudad de La Plata, que tiene por objeto mantener el funcionamiento de la “Casa del Estudiante” en la ciudad mencionada; y

Considerando:

Que, el funcionamiento de la Casa del Estudiante en la ciudad de La Plata, conlleva beneficios para los jóvenes de San Andrés de Giles que, cumpliendo los requisitos exigidos por el Municipio, acceden a la posibilidad de alojarse en la misma.

Que en la actualidad, varios estudiantes de San Andrés de Giles se encuentran viviendo en el inmueble, cursando diversas carreras en distintos establecimientos educacionales.

Que el contrato a suscribir a esos fines, deberá contar con la correspondiente autorización del Honorable Concejo Deliberante, en virtud de que el gasto que exceda un ejercicio, requiere la convalidación del Departamento Deliberativo según lo establece el Artículo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades; como así también en función de lo establecido en el artículo 31° del mismo.

Que, anteriormente, han sido suscriptos contratos con el mismo propietario.

Que, resulta conveniente renovar el arrendamiento, teniendo en cuenta la cantidad de jóvenes que residen en la unidad habitacional y que, de no contar con esta alternativa, verían coartada su posibilidad de realizar estudios superiores;

Que el expediente de referencia cuenta con los dictámenes pertinentes de la Contaduría Municipal y del Sr. Asesor Letrado de la Comuna;

Que, por lo precedentemente expuesto, este Honorable Cuerpo estima conveniente dar curso favorable a la tramitación de referencia, por lo que deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizar al Sr. Intendente Municipal, a suscribir el contrato de locación , a celebrarse entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y el Sr. Julio César Frutos en su carácter de propietario del inmueble sito en calle 5 Nº 1346, entre 59 y 60, La Plata, que será destinado a vivienda de estudiantes de San Andrés de Giles, que cursen carreras terciarias y/o universitarias en esa ciudad y cuya situación educativa y/o socio

económica amerite tal circunstancia y que, como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo deberá contratar una póliza de seguros que contemple los eventuales siniestros que puedan afectar la propiedad locada, como así también los bienes muebles que la integran

Artículo 3º: El funcionamiento, las reglas de convivencia, las condiciones de admisibilidad y permanencia , deberán ajustarse al reglamento de la Casa del Estudiante aprobado oportunamente mediante Ordenanza municipal Nº 937/04.

Artículo 4º: Autorizar al Departamento Ejecutivo, a introducir las modificaciones presupuestarias pertinentes para afrontar los gastos que se derivan del contrato a suscribir, y a afectar fondos que excedan el presente ejercicio, debiendo formular anualmente las pertinentes reservas de crédito.

Artículo 5º: Registrar. Comunicar a las áreas que correspondan en virtud de la naturaleza de la presente norma, publicar y archivar.

Dada en Sesión Extraordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 23 de diciembre de 2020.-

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