ORDENANZA N° 2276
Visto:
El Expediente Administrativo Municipal N° 4101-8445-0-2020, iniciado en virtud del modelo de convenio a suscribir entre la firma PRISMA MEDIOS DE PAGO S.A. y la Municipalidad de San Andrés de Giles; y
Considerando:
Que
el objetivo de dicho acuerdo, consiste en la percepción por parte de la firma,
por cuenta y orden de nuestro Municipio, de los importes que en concepto de
tasas, derechos, servicios o créditos municipales y/o por otros conceptos, sean
abonados por los contribuyentes, a través de su producto “Pago mis Cuentas”;
Que,
con esta nueva modalidad, se facilitaría a los Sres. Contribuyentes un sistema
práctico de pago de tasas, derechos y servicios a través de una red de
cobranzas, compuesta por locales propios de la firma y agentes autorizados por
ésta, logrando así habilitar nuevas bocas de pago, mayor flexibilidad en los
horarios y sitios donde pueden abonarse estos servicios.
Que
han intervenido en las actuaciones del mencionado expediente, la señora
Contadora Municipal y el Señor Asesor Letrado.
Que
el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades determina que
corresponde al Órgano Deliberativo Municipal, intervenir en estas actuaciones.
Por ello, el H.C.D. en uso de las
facultades que le asigna la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la
siguiente:
ORDENANZA
Artíuclo
1°: Autorízase al Sr. Intendente Municipal, a suscribir el convenio
–que como modelo obra en el expediente N° 4101-8445/20- con la empresa PRISMA
MEDIOS DE PAGO S.A. cuyo objeto es la percepción por parte de la firma, por
cuenta y orden de nuestro Municipio, de los importes que en concepto de tasas, derechos,
servicios o créditos municipales y/o por otros conceptos, sean abonados por los
contribuyentes, a través de su producto “Pago mis Cuentas”.
Artículo
2°: Los gastos que genere a la Municipalidad el cumplimiento de las
obligaciones asumidas en el convenio que por este acto se autoriza la
firma, serán imputados a las partidas
del presupuesto de gastos vigente, de acuerdo a la naturaleza de los mismos, a
cuyo efecto el área contable de la Municipalidad, se encuentra autorizada para
su registración y pago.
Artículo
3°: Autorízase al señor Intendente Municipal a suscribir toda la
documentación necesaria tendiente a brindar cumplimiento a lo dispuesto en el
convenio cuya autorización se dispone por la presente Ordenanza.
Artículo
4°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar fondos que
excedan el presente ejercicio, debiendo
formular anualmente las pertinentes reservas de crédito en los respectivos
presupuestos.
Artículo
5°: De forma.
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 16 de julio de 2020.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario