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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2270/20: Modificar ordenanza n° 183 sobre multa terrenos baldíos.

 ORDENANZA N° 2270

Visto:

La problemática suscitada por los lotes baldíos en el ejido urbano que se encuentran en estado de abandono o sin el cerco correspondiente y que muchas veces son causa de quejas de vecinos.

Considerando: 

Que la suma alcanzada por el cálculo que se establece en base a módulos queda desactualizada respecto de la realidad actual.

Que esa suma, que resulta irrisoria, fomenta el traspaso de responsabilidad al estado municipal haciendo que este se haga cargo de los desmalezamientos en virtud de los cuidados sanitarios que debe brindar a la población.

Por ello el HCD, en uso de las facultades que le son propias sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1°: Modificase el art. 4 de la ordenanza N°183 del año 94, el que quedará redactado de la siguiente forma: “La falta de extracción de malezas o yuyos en las veredas, en los espacios de tierra que circundan los árboles plantados en ellas, en los  canteros con césped en tanto fuere exigible o en el interior de los terrenos baldíos será sancionado con multa de 6.000 a 12.000 módulos duplicándose el valor de la multa cuando se reiterase la falta”. –


Articulo 2°: Derogar el art. 4 de la ordenanza N°1739 del año 2014 y toda norma que se oponga a la presente.-


Articulo 3°: Comunicar, registrar y archivar.-


Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 18 de junio de 2020.-

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