BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2267/20: Creación del digesto ambiental.

 ORDENANZA N° 2267

Visto:


Que el Estado tiene como responsabilidad indelegable elaborar un marco jurídico que cuide el ambiente, y


Considerando:


Que nuestra comunidad debe crecer y desarrollarse con una mirada estratégica en la defensa de los recursos naturales y contribuir con la prevención de efectos ambientales no deseados. Todo ello desde una perspectiva de responsabilidad intergeneracional, que necesariamente demanda nuestras acciones cotidianas.


Que el artículo 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que todos los habitantes de la Provincia tienen derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras;


Que nuestro municipio tiene una serie de normas relacionadas con el ambiente 


Que es fundamental lograr un compendio de la normativa municipal referente al ambiente a fin de garantizar el ejercicio de los derechos a la información y educación ambientales contemplados en el artículo 41 de la Constitución Nacional.           


Que la elaboración del digesto ambiental contribuirá a implementar las ordenanzas vigentes y detectar los vacíos legales existentes a fin de generar las herramientas que contribuyan a una mejor y más eficiente gestión.


Por ello el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Artículo 1°: Créase el digesto ambiental en el ámbito del Municipio de San Andrés de Giles.


Artículo 2°: Dispónese que el mismo constituya una recopilación de la normativa municipal relacionada con la protección del ambiente


Artículo 3°: El referido digesto estará a disposición de los organismos no gubernamentales, organismos que realicen emprendimientos productivos, instituciones educativas, empresas, industrias y de la comunidad en general para la debida difusión de los derechos y deberes ambientales.


Artículo 4°: Dispónese que la Comisión de Salud, Ecología y medio ambiente del Honorable Concejo Deliberante implemente la presente ordenanza.


Artículo 5°: De forma.-

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 21 de mayo de 2020.- 

No hay comentarios: