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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2249/20: Comodato con Nación - (SUBE)

 ORDENANZA N° 2249

 Visto:

El expediente municipal Nº 4101-3930-0-2018 iniciado con motivo del contrato de comodato,  suscripto entre Nación Servicios S.A.   y la Municipalidad de San Andrés de Giles, cuyo objeto es la instalación de tres terminales automáticas S.U.B.E. (T.A.S.) en tres puntos de esta ciudad ,Y

Considerando:

Que, dicho instrumento contractual, ha sido homologado a través de la ordenanza nº 2162/18, promulgada mediante decreto nº 3856/19.                         

Que conforme surge de la cláusula 2º de dicho contrato, la vigencia del mismo es por un año, contado a partir de la fecha de suscripción y prorrogable por escrito, habiendo fenecido el día 18.10.19.

Que, las partes han acordado prorrogarlo por el término de tres años, a través de una adenda suscripta con fecha 18.10.19.

Que ha intervenido realizando su dictamen el señor Contador Municipal y el Sr. Asesor Letrado, no presentando objeciones para la prórroga objeto del presente.

Que en virtud de lo normado por los arts.  41 y 273 de la L.O.M. , resulta pertinente la intervención de este Cuerpo Deliberativo Municipal. 

Por todo lo expresado el Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades legales que le son propias, sanciona la presente

                                                           O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Homologar la adenda al contrato de comodato oportunamente suscripto  entre Nación Servicios S.A  y la Municipalidad de San Andrés de Giles, - cuyo objeto es la prórroga de dicho contrato por el término de tres años – contados a partir del 18 de octubre de 2019- , que como Anexo I forma parte integrante de la presente ordenanza. 

ARTICULO 2º: Autorizar  al D.E. a afectar los fondos que excedan el presente ejercicio y a introducir las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias, con el fin de afrontar la atención de los gastos que se generen, producto de la obligación asumida en el convenio oportunamente suscripto y de la adenda que por este acto se homologa , hasta la finalización de la vigencia del mismo. 

ARTÍCULO 3º: Dejar establecido que en cada gasto que sea necesario erogar, deberá requerirse la intervención previa de la contaduría municipal, a efectos de determinar sobre la capacidad financiera y/o presupuestaria de la Municipalidad para afrontarlos.

ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar a las áreas que corresponda, en virtud de la naturaleza de la presente norma y archivar.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 5 de marzo de 2020.-

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